Proceso de declaración y pago de tributos. Autor: Cubadebate Publicado: 21/09/2017 | 06:24 pm
Según información del Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT), hasta la fecha se han presentado nuevos proyectos de 61 971 trabajadores por cuenta propia, se han inscrito 22 cooperativas no agropecuarias (CNA), así como 1 374 mipymes.
Precisamente a la campaña tributaria para estos nuevos actores económicos se refirió la vicejefa primera de la ONAT, Yoandra Cruz Dovales, durante el espacio televisivo Mesa Redonda, que martes y miércoles se dedicaron al tema.
Según refiere el sitio web Cubadebate, entre las principales modificaciones mencionadas por la directiva, en el caso de los trabajadores por cuenta propia están las siguientes:
La generalización de la presentación de la declaración jurada por todos los trabajadores por cuenta propia, con independencia del régimen de tributación que se les aplique. En este caso, surte efecto para el ejercicio fiscal 2022, a declarar a principios de 2023.
Todos los trabajadores por cuenta propia pagan sus obligaciones conforme al régimen general, excepto aquellos a quienes la ONAT autorice a aplicar el régimen simplificado a partir de enero de 2022. «Deben utilizar la contabilidad para el registro de sus operaciones, deben abrir y operar una cuenta bancaria fiscal y adicionalmente cambiar la forma de sus pagos», dijo.
Se elimina la cuota fija para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales, que pasa a ser porcentual.
Explicó que el régimen simplificado está concebido para aquellos proyectos con actividades muy simples, de operaciones sencillas que generen bajos ingresos, inferiores a 200 000 pesos en el año y que no utilicen fuerza de trabajo (solo labora el titular). Se otorga con carácter excepcional.
«Las aprobaciones que se han otorgado hasta la fecha y que entran en vigor a partir de enero de 2022, serán revisadas o fiscalizadas en el presente año para verificar los elementos expuestos por los contribuyentes», informó.
Cruz Dovales aclaró que las cooperativas no agropecuarias de nueva creación están exoneradas del pago por el período de un año y las reconvertidas por seis meses. «Tendrán un período mayor para prepararse en el pago de los impuestos».
Los trabajadores asalariados contratados por las CNA pagan el impuesto sobre ingresos personales por el total de remuneraciones que obtengan. Se paga por retención. Están exentos de la presentación de la declaración jurada:
- Hasta 3 260: exento
- Exceso de 3 260 hasta 9 510: tres por ciento
- El exceso de 9 510: cinco por ciento.
Igualmente, las mipymes de nueva creación están exoneradas del pago por el período de un año, y las reconvertidas, por seis meses.