Espacio informativo Mesa Redonda. Autor: Mesa Redonda Publicado: 16/10/2020 | 04:02 pm
Este viernes las Ministras de Finanzas y Precios, Comercio Interior, Trabajo y Seguridad Social y el Jefe de la Aduana General de la República comparecieron en el espacio televisivo de la Mesa Redonda para brindar detalles sobre las medidas anunciadas el pasado miércoles por el Gobierno.
Entre ellas se encuentra la autorización de, a partir del próximo lunes a quienes visiten Cuba, cubanos o extranjeros, de importar sin límites y sin pago de aranceles aduaneros productos de tres líneas fundamentales: medicamentos, aseo y alimentos; una medida que estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre ante el déficit que presenta hoy el país.
La titular de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, recordó que hoy existe un sistema arancelario y de regulaciones para la entrada de mercancías al país en carácter de importación no comercial por pasajeros cubanos, normas que son conocidas por los viajeros, y explicó que la Resolución 309, que recoge las medidas anunciadas por el primer ministro con respecto a este tema, ya fueron publicadas este viernes en la Gaceta Oficial No. 62, que incluye normas complementarias de la Aduana y del Ministerio de Salud Pública.
Agregó que, entre las flexibilizaciones anunciadas, dispuestas en la Resolución 309, se autoriza, a partir del próximo lunes, que los pasajeros que arriben al territorio nacional puedan importar tres clases de productos, sin límites en su valor (pueden pasar los 1 000 pesos) y sin pagar los aranceles de Aduana que actualmente están establecidos.
«Pueden traer alimentos, productos de aseo y medicamentos como equipaje acompañado. Cuando el paquete es enviado con anterioridad, no se rige por excepcionalidad», explicó la Ministra, y recalcó que esa importación debe venir en el equipaje acompañado.
Con equipaje no acompañado, en maletas o bultos antes o después del viaje del pasajero, no se aplica el beneficio. El pasajero también puede traer otros productos y artículos, pero por estos sí corresponde, en caso de que proceda, el pago de aranceles.
La resolución tiene una disposición especial en correspondencia con las medidas sanitarias por la COVID-19. En el caso de los pasajeros que arriben por los aeropuertos de los polos turísticos de Varadero y Cayo Coco, el beneficio se limita a un equipaje de bodega.
No es la primera vez que Cuba toma una medida de este tipo, pues como recordó la titular en el año 2008, con el paso de varios eventos de huracanes la mayor de las Antillas quedó en condiciones de daños y se dio por una temporalidad el no pago de aranceles por la importación de alimentos por equipaje acompañado.
Por su parte, Nelson Cordovés Reyes, jefe de la Aduana General de la República, explicó que, a raíz de la flexibilidad establecida por el Ministerio de Finanzas y Precios, la Aduana tomó la decisión de elaborar y aprobar la Resolución 213 de 2021, ya publicada en la Gaceta Oficial, la cual Esta establece, textualmente, «no aplicar la Resolución 206 de 2014, Límite para la determinación del carácter comercial a las importaciones que realizan las personas naturales, de manera temporal hasta el 31 de diciembre de 2021, a los productos que clasifiquen como alimentos, medicamentos y aseo, que como importación sin carácter comercial integren el equipaje acompañado de los pasajeros, los que pueden importarse sin límite de cantidades.»
«Eliminar los límites quiere decir que las normas de límites establecidos hasta ahora por la Resolución 206, no se tendrán en cuenta. A partir del día 19, todo lo que las personas puedan traer en su equipaje no tendrá ningún tipo de límite en lo relativo a medicamentos, aseo y alimentación, de acuerdo con lo que la aerolínea les permita.
Explicó que para agilizar el proceso en las instalaciones aeroportuarias «Pueden venir aseo, medicamentos y alimentos unidos, pero no ligados con el resto de los artículos, otras misceláneas y artículos que se pueden importar, porque así se retrasará el trámite y el flujo dentro del propio aeropuerto se hará más lento. El viajero tendrá que ir a la Aduana y empezar a separar esos artículos. Si los traen separados, el despacho será muy sencillo.
Recomendó visitar los sitios del Minsap y del Minag y contactar con la Aduana, a partir de las vías disponibles, para aclarar todas las dudas necesarias y que, cuando el día 19 comience la aplicación de estas normas, todo suceda de la forma más fácil.
Sobre flexibilización para la distribución de productos normados
Betsy Díaz Velázquez, ministra de Comercio Interior (Mincin) cómo se implementará la decisión del Gobierno para flexibilizar el tratamiento a personas que no tienen libreta de abastecimiento.
Betsy Díaz Velázquez, ministra de Comercio Interior. Tomado de @mesaredondacuba/Twitter
Señaló que hoy la libreta de abastecimiento es una herramienta de distribución y en ella se han ido incorporando productos no alimenticios junto a los alimenticios. Reiteró que la libreta de abastecimiento no constituye un documento que avale la condición de legalidad o propiedad de la vivienda. «En esta etapa de contingencia epidemiológica, hemos atendido a más de 200 000 personas que serán las beneficiadas por esta medida.»
Documentos a presentar por los consumidores
Los casos que no tienen dirección, están en un lugar diferente al de su dirección y los que están aún en un trámite de legalización de su vivienda deberán presentarse en las oficinas del Registro de Consumidores más cercanas a su lugar de residencia con:
- Carné de identidad.
- Dirección del lugar de origen, número de la oficina de base, bodega y núcleo donde están censados (estos datos se encuentran en la libreta de abastecimiento).
- Nombre y apellidos de las personas que conformarán el núcleo, carné de identidad.
- Dirección del lugar de residencia actual.
- Modelo M-6 Movimiento de Baja-Alta. (no tiene que ser original, puede tramitarlo la persona interesada, una persona mayor de 18 años a solicitud del interesado, o la oficina donde se hará el trámite, y puede ser enviado por cualquier vía electrónica).
La ministra de Comercio Interior sugirió a la población revisar la Resolución 96 del Mincin, publicada este viernes en la Gaceta Oficial, que explica en detalle los elementos a presentar, que estarán en el sitio de ese ministerio y en todas las oficinas del Registro de Consumidores.
Quienes no son consumidores, que refieren nunca haber estado censados, apuntó que «harán un declaración actual de su situación personal, incluyendo las causas de por qué nunca han estado censadas en el Registro de Consumidores, el tiempo que llevan sin censo y la dirección particular anterior a la residencia actual.
«Para los casos en los que no hay una solución de legalidad, seguimos estudiando cuáles son las variables, porque también hay un proceso de ordenamiento territorial y urbanístico en curso y una política migratoria en el país, con la cual también tenemos que ser consecuentes», dijo.
Todo este proceso se ha organizado, hay una dinámica de trabajo, hay conocimiento por parte de las compañeras de las oficodas para que el lunes 19, a partir de las 8:00 a.m., estén abiertas las oficinas iniciando los trámites, concluyó la Ministra.
Sobre el pago del salario en el sistema empresarial
Al abordar el tema, la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, se refirió a que el estremecimiento al que está llamado el sector empresarial, tiene que ser a partir de que esa entidad verdaderamente pueda tomar un grupo de decisiones que acompañen la gestión eficiente de sus recursos.
Al respecto recordó que «En apenas dos años, se han aprobado más de 37 medidas, fundamentalmente a partir de septiembre de 2019, cuando se aprobó el primer paquete de medidas (con 22 medidas inicialmente), que se empezó a implementar a partir de septiembre, octubre y a finales de año, y continuó su implementación en el año 2020».
Dentro de estas medidas que directamente tienen que ver con los ingresos, consideró que hay tres que son las de mayor impacto.
«En primer lugar, se eliminaron todos los indicadores límites directivos asociados a los resultados de trabajo, para que los trabajadores pudieran cobrar estos ingresos.
«Se eliminaron también los límites administrativos que tenía la utilidad. Cuando empezó el pago por la distribución de las utilidades, primeramente, se distribuía hasta un salario, después hasta tres salarios, luego hasta cinco, hasta que finalmente se eliminó el límite administrativo
Mencionó, además, el pago a cuenta de la utilidad, al cierre de cada trimestre: un pago adelantado de la utilidad, que está directamente y en proporción con el aporte individual que tiene cada uno de los trabajadores.
Recientemente, dentro de esas 15 medidas, se aprobó el pago por alto desempeño, «que todavía está un poco en ciernes en su implementación», dijo, pero también permite diferenciar a los trabajadores.
Destacó que no es una propuesta cosmética, sino de gran calado, verdaderamente de fondo. “En una primera etapa, se establecen determinados enmarcamientos en cuanto al fondo de salario y el fondo de salario de los directivos con vistas a su validación o ajuste.
Entre los principios fundamentales de la propuesta mencionó la flexibilización del mecanismo para fijar el salario de los trabajadores, sin la rigidez de la escala actual; que, para pagar más, la empresa tiene que obtener mejores resultados; que la empresa financiará el salario con sus ingresos, sin intervención alguna del presupuesto del Estado; y que ningún trabajador puede recibir un salario inferior al salario mínimo establecido en el país, que en estos momentos es de 2 100 pesos.