Desde el 10 de julio del año 2021 están vigentes las normas jurídicas del Decreto-Ley de Bienestar Animal Autor: Enrique González Díaz Publicado: 06/12/2020 | 02:07 am
Una carta del director nacional del Centro de Sanidad Animal en Cuba, dirigida a los jefes de departamentos provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud, expone el procedimiento para la atención a quejas y denuncias de la población, relacionadas con actos que atentan contra el bienestar animal.
El documento explica que, como parte de las acciones que se están realizando para asegurar la correcta implementación del recientemente aprobado Decreto Ley 31/2020 “De Bienestar Animal” y su Reglamento; el Decreto 38/2020, se tomó la decisión de garantizar una respuesta efectiva ante posibles quejas o denuncias de la población por actos o cualquier otra manifestación de maltrato animal que atenten contra su bienestar.
En una primera etapa —especifica— la población tramitará sus quejas o denuncias a través del teléfono o correo electrónico del sistema veterinario en cada provincia y, a partir de ser recibidas, se desencadenará el mecanismo para su atención y respuesta correspondiente en el menor tiempo posible. En una segunda etapa se incorporará a los municipios en esta tarea, por lo que cada funcionario local deberá realizar un levantamiento similar al provincial, para definir el teléfono y correo electrónico a los cuales las personas podrán remitir sus quejas y denuncias.
Las normas jurídicas de Bienestar Animal fueron publicadas en Gaceta Oficial el 10 de abril, y tienen 90 días para su puesta en vigor, por lo que el 10 de julio ya estarán vigentes. Este artículo va acompañado de un anexo que contiene las direcciones y correos electrónicos a los cuales dirigir las quejas, que además será publicado en el sitio poblasoft para que sea conocimiento de toda la población.
Puede descargar el PDF con las direcciones y correos electrónicos en este enlace.
(Con información de Cubadebate)