República de Cuba
Asamblea Nacional del Poder Popular Presidente
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular
En uso de las atribuciones que me están conferidas en el artículo 81, incisos b) y e) de la Constitución de la República,
Convoco
El Segundo Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a partir de las 9:00 a.m. del día 21 de diciembre del año en curso, en el Palacio de Convenciones.
A las Comisiones Permanentes de Trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Popular, para que en el transcurso de los días 16, 17, 18, 19 y 20 del propio mes de diciembre, efectúen reuniones ordinarias de trabajo y estudio del Proyecto de Constitución de la República.
Hágase saber a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los organismos de la administración central del Estado y demás órganos y autoridades que corresponda.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República y demás medios de comunicación para general conocimiento.
DADA, en la ciudad de La Habana, a los un día del mes de diciembre de dos mil dieciocho. “Año 60 de la Revolución”.