El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta de su Presidente, adoptó el siguiente
Acuerdo número 4800
PRIMERO: Otorgar con carácter póstumo el Título Honorífico de «HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA» al General de Cuerpo de Ejército
Julio Casas Regueiro
en reconocimiento a su excepcional hoja de servicios a la Revolución, su defensa y a la economía nacional; su elevada consagración al trabajo, unida a su disciplina ejemplar, y la racionalidad y eficiencia demostradas en el cumplimiento de relevantes responsabilidades políticas, estatales, gubernamentales y militares.
SEGUNDO: Que la entrega del Título y de la Estrella de Oro que lo representa, se efectúe, en acto solemne, al iniciarse el homenaje de nuestro pueblo a su memoria, el 5 de septiembre de 2011, en el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 4 días del mes de septiembre de 2011, «Año 53 de la Revolución».
RAÚL CASTRO RUZ
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTADO