Acuse de recibo
La de María de la Candelaria Rivero Romero (calle 70, edif. 5304, apartamento 3, Consolación del Sur) es una de esas misivas que arriban a JR tras un larguísimo camino de incongruencias, dilaciones, ineficiencias. Todo comenzó en octubre de 2015, relata la pinareña, cuando inició las gestiones para obtener certificado de numeración y de edificación, así como rectificación de límites y linderos, de la propiedad sita en calle 55, No. 6409, entre 64 y 66, en el propio municipio, herencia que ella y su hermana recibieran de sus padres.
Luego de asistir reiteradamente a la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF) por demora en los trámites, se presentaron en su casa la jurídica de esta entidad y dos técnicas. Al analizar las especialistas las propiedades de los vecinos contiguos, le explican a María «que no me pueden adjudicar terreno, ya que yo no tengo nada, (…) que el terreno del fondo yo estuve de acuerdo se lo adjudicara (…) la vecina (…) y que el documento estaba en la propiedad con mi firma».
Cuando la afectada solicitó que le mostraran ese supuesto documento firmado por ella, del cual no tenía conocimiento alguno, la negativa fue la respuesta.
Asimismo, la jurídica le argumenta que por el lateral izquierdo saliendo de la propiedad no le correspondían los 0,75 cm reglamentarios (entre ambas propiedades existen aproximadamente 2,0 metros), pues «el vecino se los había adjudicado»; ante lo que María se preguntó: ¿Con quién contaron para ello, a quién emplazaron?
En abril de 2016, el vecino de marras comenzó la construcción de una fosa entre ambas casas cuyos límites afectaban los cimientos del hogar de María. Ella denunció el hecho ante la Oficina de Atención a la Población del Consejo de la Administración Municipal (CAM), con copias a la DMPF y a la Dirección Provincial de Planificación Física (DPPF). Del CAM nunca le notificaron respuesta a su queja. «En la DMPF se me informó que la respuesta se me daría en un término de 30 días hábiles (…) que correspondería al 20 de mayo de 2016, la cual no fue emitida en dichos términos legales», sostiene la remitente.
Por si esto fuera poco, el propio vecino rellenó un área libre de su patio por encima del nivel del de la remitente, «lo cual provocó que las aguas pluviales se vertieran para mi terreno, produciéndose un estancamiento de estas encima de mi fosa». La doliente se presentó de nuevo en la DMPF y allí, tanto la funcionaria de atención a la población como el Director le plantearon que no podían recepcionarle la queja, porque no era de su competencia. Negativa que se mantuvo hasta que de la DPPF les indicaron que sí debían admitir la demanda.
«Por el grado de malestar ocasionado por estos funcionarios a mi persona en reiteradas ocasiones me dirigí el 5 de agosto al Partido Municipal y al CAM por tercera vez para plasmar mi queja (…), como a las anteriores, nunca me dieron respuesta».
Finalmente, en documento firmado por el director de la DPPF, del 16 de agosto de 2016, y que la consolareña adjunta, como otro amplísimo dossier con evidencias del caso, se reconoce que «existe la construcción de una fosa de forma ilegal y que la misma se encuentra a 0.20 metros de separación de los cimientos de la propiedad» de María. También se alerta sobre el relleno del área libre por el propio lateral, por encima del nivel del suelo, «sin tener la autorización para dicha ejecución».
Ambas ilegalidades aún están viendo pasar el tiempo tranquilamente, se duele la lectora.
En cuanto a la rectificación de límites y linderos, refiere un casi caricaturesco peloteo entre la Dirección Municipal de Vivienda (DMV) y la DMPF para determinar a qué entidad le correspondía atender dicha solicitud. Luego de reuniones y deliberaciones de ambas instancias orientaron a la mujer entrar nuevamente su demanda por la Oficina de Trámites correspondiente. Tras los 60 días límite del proceso, María tampoco recibió su respuesta en tiempo.
La carta se extiende en muchos otros detalles: visitas de especialistas que se anunciaron y nunca llegaron; otras que sí llegaron, dictaminaron acciones y jamás fueron ejecutadas, incoherencias de tratos y procedimientos. En suma: indolencia.
Y la consolareña se pregunta hasta cuándo. ¿Quién la resarce por el tiempo, el desgaste y las angustias?