Acuse de recibo
Es un deber inviolable de cualquier administración el cumplimiento estricto del pago a los trabajadores en el día establecido por el convenio colectivo de trabajo. Por eso, reflejé aquí el 13 de octubre de 2010 la denuncia de Omar Ángel Cruz, quien aseguraba que es un profesor de Matemática, que reside en Calle 47 No. 5510, en la ciudad de Cienfuegos.
Omar denunciaba incumplimientos en la fecha de pago de los trabajadores de Educación en esa ciudad. Precisaba que han elevado quejas a la dirección provincial de Educación, al Sindicato a ese nivel y al Gobierno territorial, sin que se resuelva el problema.
Señalaba que, de acuerdo con el convenio, debía pagarse entre el 18 y 20 de cada mes; pero la Dirección Municipal de Educación violó la fecha, y se atribuyó pagar los días 25. Aun así, manifestaba, se ha pagado con posterioridad a esa última fecha.
Y agregaba que muchas veces se ha pagado en sábados no laborables, cuando no hay nadie en los centros. Y se exige que el administrador o director saque el dinero, y se lo lleve para su casa; o en otras ocasiones se quede el fin de semana en la caja fuerte. También cuestionaba que el subdirector administrativo de Educación —la carta no precisaba a qué nivel— tratara de justificar esas violaciones diciendo que no se puede comunicar a los trabajadores la fecha de pago.
Al respecto, recibí dos respuestas, con versiones diferentes: una de José A. del Pino, director provincial de Educación en Cienfuegos; y la otra de Lucía Calzada, directora provincial de Trabajo y Seguridad Social.
Del Pino precisa que tanto el nombre del remitente de la queja como la dirección plasmada no son auténticos. Aun así, precisa que la fecha de pago, según el convenio oficial que obra en la Dirección Municipal de Educación de Cienfuegos, es el día 25, y asegura que de enero a septiembre de 2010 el pago se realizó en la fecha convenida, y en enero y agosto se extendió hasta el día 26.
Afirma el funcionario que en la Dirección Provincial de Educación no aparece registrada queja alguna en ese sentido; tampoco en el Gobierno municipal. Y en cuanto a la queja del pago en sábados no laborables, refiere que de enero a septiembre solo se pagó un sábado laborable, el 24 de abril: se extrajo el dinero y se pagó el 23 y el 24.
Esto no quiere decir, agrega, que todo sea perfecto, «y no se hayan identificado en el pasado reciente situaciones complejas, tales como la salida incompleta del salario a un pequeño número de trabajadores, doble cobro de los descuentos de los equipos electrodomésticos y deficiencias en el pago de vacaciones, por lo cual ha habido señalamientos y sanciones a cuadros y funcionarios».
Sin embargo, la Directora de Trabajo y Seguridad Social en la provincia señala que del 19 al 24 de noviembre de 2010 se realizó una inspección al respecto por esa entidad. «Y se pudo constatar —añade— que, efectivamente, le asiste la razón en cuanto a la violación de la fecha de pago. Se comprobó por entrevistas realizadas en diferentes escuelas del municipio de Cienfuegos, que en los meses de enero a septiembre del 2010, se viola la fecha de pago establecida en el Convenio colectivo de Trabajo».
Precisa Lucía que es una violación de los artículos 81 y 83 de la resolución 27 del 2006 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. Y por ello, se le notificó una multa de 200 pesos al director municipal de Educación, Eduardo Walfrido Coll, amparada en el capítulo II, sección III, artículo 20, Numeral 2, del Decreto Ley 246 del 2007 del Consejo de Estado.
Y sí converge con el Director Provincial de Educación cuando señala que «al promovente no le asiste la razón en la parte donde plantea que el convenio colectivo de trabajo establece un período de pago entre el 18 y el 20 de cada mes. El mismo fue revisado, y se detectó que estipula como día de pago el 25 de cada mes».
Al final, sea o no auténtica la identidad y dirección del remitente, todo indica que en verdad había violaciones en cuanto al pago, al punto de que el Director Municipal de Educación fuera multado. Y eso no lo señaló el Director Provincial de Educación.