El fracaso de la Ley Helms-Burton. Autor: Martirena Publicado: 04/05/2019 | 09:44 pm
EL acusado, prepotente, no se presentó, pero ello no restó legitimidad al proceso judicial: primero de esa naturaleza efectuado en el mundo y, por demás, en ausencia del incriminado.
Comparecían ante la justicia víctimas y familiares de los afectados por las agresiones implementadas desde 1959 por sucesivos gobiernos estadounidenses en su obsesión de torcer los nuevos destinos de Cuba.
Luego de 13 días de alegatos, quedaba establecida la responsabilidad de Washington en la ejecución de actos de agresión que habían dejado, a la sazón, 3 478 muertos y 2 099 incapacitados entre nuestro pueblo.
Podría decirse que fue uno de los momentos más emotivos —tristes, pero al mismo tiempo combativos— de una historia de resistencia que entonces contaba 40 años.
No pocos lloraron entre el público que asistía a las vistas, en las que comparecieron decenas de testigos para brindar sus testimonios ante el Tribunal Provincial de Ciudad de La Habana, que sesionó en la antigua Sala del Pleno del Tribunal Supremo, en el Palacio de la Revolución, siempre a lleno completo.
Fue duro. Declararon, entre muchos otros, la madre ya anciana de Manuel Ascunce Domenech, el joven maestro masacrado por las bandas de alzados que EE. UU. prohijó en el Escambray; compañeras de labor diplomática que trabajaban en Perú cuando una bomba les llegó en un bulto postal y dejó a una malherida en los tiempos de CORU (la llamada Coordinación de Organizaciones Revolucionarias Unidas) y de la Operación Cóndor, pensada desde Washington y que se cebaba en las legaciones diplomáticas de la Isla en los años 70, cuando dejó las muertes en Portugal de Adriana Corcho y Efrén Monteagudo.
Dieron sus testimonios padres de niños afectados por el dengue hemorrágico a los que la ciencia cubana, en el primer momento de un ataque bacteriológico hasta entonces desconocido, no pudo salvar; narraron sus vivencias víctimas del ataque mercenario por Playa Girón y también algunos de los héroes que contribuyeron a su derrota; hablaron víctimas y peritos de los atentados dinamiteros contra nuestros hoteles en la segunda mitad de los años de 1990…
Usó de la palabra el pueblo de Cuba.
Pero los cuatro jóvenes letrados que recibieron su Demanda, presentada por ocho de sus organizaciones de la sociedad civil (CTC, Anap, FMC, Feu, Feem, OPJM, CDR y ACRC) contaban no solo con los testimonios de esos testigos cuando, el 21 de julio, el caso quedó concluso para sentencia.
El expediente recogía, además, 35 reconocimientos judiciales y cuatro dictámenes periciales, complementados por 27 de un grupo aún más numeroso de documentos desclasificados poco antes en Estados Unidos, y que «constituyeron prueba capital para establecer la responsabilidad de Washington en los hechos», publicó entonces este propio diario.
Quizá lo más importante en ese proceso, y lo trascendente aún hoy, es que los crímenes se mantenían —¡se mantienen!— latentes, y lo que es peor: se reitera la violación angular cometida por EE. UU., al seguir desconociendo que «toda persona consciente sabe que debe abstenerse de atentar contra la vida, la salud, la libertad, el honor y el patrimonio de los demás», como explicaron entonces los abogados.
Ese es un precepto que Washington, ahora mismo, vuelve a burlar en su intento no solo de apoderarse de Cuba violentando su soberanía sino de recrudecer, para ello, el acoso económico y financiero, aguijoneando la vida nacional mediante el incremento del bloqueo, e involucrando a terceros.
Imprescriptible
Tan relevante como ese principio del respeto a la vida era la aseveración que sustentaba la pertinencia del reclamo.
La Demanda aludía a la vulneración de derechos imprescriptibles, que lo son porque atañen, precisamente, a la vida y la integridad física de las personas, y estas resultan irremplazables. Incluso, invaluables.
No obstante el hecho cierto de que las vidas humanas no tienen precio, el 2 de noviembre de ese año la Sala Segunda de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Provincial de Ciudad de La Habana, dictó sentencia y falló Con lugar la demanda de que el Gobierno de Estados Unidos fuera condenado a una reparación económica a Cuba por daños humanos, con el pago de 30 millones de dólares por cada una de las 3 478 víctimas fatales que habían dejado hasta el momento sus agresiones, para un total de 104 340 millones de dólares.
Además, se le condenó al pago de 15 millones por cada uno de los 2 099 cubanos incapacitados, para un total de otros 31 485 millones.
A ello se agregaron 34 780 millones de dólares en concepto de indemnización de perjuicios, como retribución de las prestaciones que tuvo que asumir la sociedad cubana y demás ingresos dejados de percibir por víctimas y familiares, equivalentes a un promedio de diez millones de dólares por cada fallecido y a un promedio de cinco millones de dólares por cada incapacitado, lo que representaba otros 10 495 millones.
Todo ello resultó en la condena a un pago único y total de 181 100 millones de dólares estadounidenses a Cuba por daños humanos.
Se acusa al bloqueo
El mismo cariz reivindicativo tuvo la Demanda del pueblo de Cuba al Gobierno de Estados Unidos por daños económicos, presentada después por las mismas organizaciones sociales, con el acusado juzgado en rebeldía, y estimada Con Lugar por la Sala Primera de lo Civil y lo Administrativo del Tribunal Provincial de Ciudad de La Habana el 5 de mayo del año 2000, luego de un proceso durante el cual peritos y testigos expusieron los alegatos y pruebas que demostraron la culpabilidad de sucesivos gobiernos de Estados Unidos en su agresión económica y financiera contra la Isla.
Peritos y testigos demostraron los criminales efectos de esa política ilegal sobre todos los sectores económicos y de la vida social del país; la pérdida de mercados y exportaciones que significaron (significan) a Cuba; la lejanía de los mercados a los que tuvimos (tenemos) que acudir; las inversiones millonarias que debimos hacer para reconvertir nuestra tecnología productiva; los daños que ha dejado el intento de cortarnos todo crédito financiero; el intento de impedir nuestro comercio marítimo…
Son males que se mantienen. Si en aquella fecha la condena del Tribunal «al demandado por los actos ilícitos cometidos» fue la reparación e indemnización al pueblo cubano (…) en la cuantía de 121 000 millones de dólares por concepto de los daños ocasionados y sus perjuicios, hoy esa cifra se elevaría mucho más.
El Informe cubano presentado ante la Asamblea General de la ONU el año pasado estima que «los daños acumulados por el bloqueo durante casi seis décadas de aplicación alcanzan la cifra de 933 678 millones de dólares tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional. A precios corrientes, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de 134 499 millones 800 000 dólares (…)».
La estrategia había sido fraguada desde los primeros años del triunfo revolucionario, y no solo sigue siendo aplicada contra Cuba, también se pone en práctica contra Venezuela, y se intensifica en estos momentos con la intención de derrocar al presidente Nicolás Maduro.
Un memorando firmado en Washington por el jefe de Operaciones de la tristemente conocida Operación Mangosta, ideada después del fracaso militar mercenario de Playa Girón, y con fecha del 7 de diciembre de 1961, describía cómo se implementaría en lo adelante la subversión mediante la guerra económica.
«(…) El régimen será derrocado por un movimiento (…) de cubanos desde dentro de Cuba, decía en una de sus partes. (…) Estados Unidos ayudará a establecer un núcleo cubano dentro de Cuba, que trabajará para activar (…) un movimiento cubano que derroque al régimen (…)».
Y encomendaba: «(…) El Departamento de Estado debe desarrollar y emplear sus posibilidades dinámicas en una guerra económica y política que será crucial para el éxito del movimiento (…)».
Prepotencia
Los dictados recogidos en la Operación Mangosta se parecen bastante a lo que Washington insiste en conseguir hoy con la puesta en vigor, hace tres días, del Título III de la Ley Helms-Burton, y la persecución desatada contra compañías y entes comerciales o financieros de terceros países que sostengan negocios con lo que fueron propiedades estadounidenses (o de cubanos que después adoptaron esa ciudadanía) en Cuba hasta su legítima nacionalización, en 1959.
De manera que las violaciones a la integridad de los cubanos recogidas en las demandas presentadas por nuestro pueblo y aprobadas por nuestra justicia en 1999 y 2000, se reiteran y aún más: se enriquecen con los pretendidos débitos por las nacionalizaciones, efectuadas a tenor con la ley, y sobre cuya compensación Estados Unidos se negó a dialogar.
El Título III de la ilegal e inaplicable Helms-Burton ha facultado que se demande ante los tribunales estadounidenses a quienes ellos consideran «trafican» en o con esas antiguas propiedades. Otro intento de internacionalizar la agresión que ya se cierne sobre la compañía de cruceros Carnival Cruise Lines, ubicada en el sureño estado de Florida, por parte de reclamantes que se identificaron como «propietarios» del puerto de Santiago de Cuba y de inmuebles comerciales en el puerto de La Habana.
A ello se añade la demanda promovida este viernes por el gigante petrolero estadounidense Exxon Mobil contra dos empresas cubanas: la Corporación Cimex S.A. y la Unión Cuba-Petróleo (Cupet).
… Estados Unidos no escucha. Y sigue protagonizando una inmensa falacia.