Posiblemente hoy se aplique únicamente contra Cuba la añeja Ley norteamericana de Comercio con el Enemigo, aprobada en el lejano 1917 como medida de guerra para castigar a quienes tuvieran transacciones con una nación hostil, y primer «sostén jurídico» de la amalgama de legislaciones que conforman el esqueleto «legal» del bloqueo.
Pero la vida prueba que no importa si la infracción la ha cometido en realidad un tercero que no es norteamericano. Ese pudo ser el caso de la empresa Platte River Associates de Boulder, Colorado, según lo que explica la página web del equipo de Prensa del mismísimo Departamento de Justicia, al dar cuenta —con ostensible afán ejemplarizante— de la «transgresión» cometida por la firma, y por la que fue sancionada con una multa de 14 500 dólares.
Sin embargo, seguro que lo más doloroso y ultrajante no ha sido el dinero, sino las maneras utilizadas para «detectar» el «estratégico» favor que la Platte River le había hecho a la «hostil» nación cubana.
Digna de convertirse en guión para un interesante filme policíaco, la trama comienza cuando un funcionario de la firma española REPSOL —que ya había adquirido un software de la Platte River en el año 2000— requirió sus servicios para crear un modelo de exploración petrolera y de gas, y visitó sus oficinas en Colorado.
La gerencia de la Boulder le asignó un geólogo, quien supo por el propio hombre de REPSOL que la información requerida era para «un proyecto cubano».
Según el Departamento de Justicia, incluso el presidente de la firma, Jay Leonard, se enteró. Pero —y eso es lo grave— no hizo nada.
Lo más sugestivo es la forma en que se probó la acusación, presentada contra la Platte River en junio de 2008.
Cuando el funcionario de REPSOL se disponía a abandonar EE.UU. entró en acción el servicio de Inmigración y Aduanas (ICE), quien se llevó todas las glorias. Uno de sus agentes incautó la computadora portátil del representante de REPSOL, y un análisis de la laptop reveló que los materiales estaban relacionados con un «potencial» proyecto cubano.
Las autoridades estadounidenses alegan que la información suministrada por la Platte River contenía un software especializado y proyectos de capacitación en informática que luego se utilizarían para crear un modelo con vistas a la posible exploración y explotación de petróleo y gas en las aguas territoriales de Cuba.
Según reza en la página web de Justicia, los de la Platte River se declararon culpables, y fueron condenados a pagar la mencionada multa y 400 dólares para un fondo dedicado a las víctimas de la delincuencia; pero también se les pudo imponer diez años de privación de libertad, a tenor con las leyes norteamericanas para quienes, como la Platte River, prescindan para transacciones tan «relevantes», de la debida autorización del Departamento del Tesoro.
David Gouette, el fiscal federal que dictó sentencia en el caso apenas el pasado 9 de septiembre, fue categórico: «El comercio con el enemigo es un delito grave y, en este caso, una empresa de Colorado ha sido legalmente responsable por la comisión de ese crimen».