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Comenzará tercera etapa de inscripción de ciclomotores y motos eléctricas

Actualmente circulan en el país más de 300 000 medios eléctricos de este tipo, los cuales podrán ser inscritos a partir del 7 de junio

Autor:

Santiago Jerez Mustelier

El próximo 7 de junio, en las unidades de trámites para el registro de vehículos, comenzará la tercera etapa de inscripción de ciclomotores y motos eléctricas pertenecientes a personas naturales, proceso que había sido pospuesto por la situación epidemiológica imperante, y que se prevé concluya en diciembre del 2022.

La información la ofreció a la prensa el coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos, quien ponderó el procedimiento como un paso importante en el logro del orden y el control de la circulación de medios de transporte, y en el otorgamiento de mayores seguridades y garantías jurídicas a los tenedores; pues los protege frente a hurtos y «vicios ocultos» que puedan producirse en acuerdos o transacciones de compra o venta de estos equipos.

Al comentar detalles de la inscripción, Ríos Labrada puntualizó que solo podrán realizarla los ciudadanos mayores de 18 años, quienes no deberán inscribir carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete, Segway, sillas de ruedas eléctricas ni bicicletas con pedaleo asistido.

Adelantó que dos requisitos necesarios serán la presentación de los documentos acreditativos y la inspección de los vehículos in situ, para lo cual se necesita que los propietarios concurran con estos en favorable estado técnico, de limpieza, y óptimas condiciones del sistema de luces y el aditamento para la colocación de la chapa.

Ríos Labrada explicó que las personas que no posean la factura de compra o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora, o el modelo de solicitud de inscripción, expedido por la Aduana General de la República, podrán realizar una Declaración Jurada; en la que no se convalidará, enfatizó, los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien, ni se exonerará a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido.

Sobre las motocicletas de más de 60 cc, el directivo dijo que aún no se tiene definido su tratamiento por la legislación vigente, pero podrán continuar circulando por el momento. Añadió que, debido a la baja movilidad ocasionada por la COVID-19, se decidió prorrogar las licencias de circulación por tres años (desde 2018 al 2021) y las de conducción por dos (desde el 2020 al 2022).

El 25 de noviembre de 2019 empezaron las inscripciones con los transportes de combustión interna, primero para las personas naturales (concluida el 28 de febrero de 2020) y luego en personas jurídicas (finalizada antes del avance de la pandemia en el territorio nacional).

Para el 9 de enero de 2023 las personas jurídicas con ciclomotores y motos eléctricas, incluyendo a los propietarios vinculados al servicio diplomático, podrán viabilizar sus trámites, como parte de la cuarta y última fase, prevista a concluir en febrero de ese mismo año.

Actualmente circulan en el país más de 300 000 medios eléctricos, según estimaciones del Departamento Nacional de Registro de Vehículos. Las provincias de Villa Clara, Matanzas y La Habana engrosan la mayor cifra, teniendo esta última un tercio de los contabilizados. 

¿Qué necesitas conocer para la inscripción? 

  • Entregar la documentación correspondiente: para los adquiridos en el país (factura de compra o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora) y para los importados (modelo de solicitud de inscripción, emitidos por la Aduana General de la República).
  • El monto es 45.00 pesos en sellos de timbre: 40.00 pesos por la inscripción inicial (Incluye la licencia de circulación y chapa de identificación) y 5.00 pesos por la pegatina.
  • Para los extranjeros residentes en el país la cifra es de 1125 pesos.
  • Las personas que no posean la documentación anterior o esta conste a nombre de otra, deberá realizar una declaración jurada. Esta realiza ante el funcionario en el modelo establecido y en ella se acredita: la posesión lícita del medio, la forma y fecha de adquisición, así como los datos registrales del ciclomotor. La declaración jurada, no convalida los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien, ni exonera a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido. Se publicará en formato digital para que los interesados la obtengan y la llenen con tiempo. Se pedirá que se realice el levantamiento de los números de serie para ganar tiempo.
  • Los ciclomotores adquiridos en entidades comercializadoras o que sean importados, a partir del 7 junio de 2022, solo pueden ser inscritos por las personas, a cuyo favor se emitió la factura o contrato de compraventa o el modelo de solicitud de inscripción inicial, según sea el caso.

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