Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Perfeccionan mecanismos de comercio exterior

Nuevos protocolos de trabajos se implementarán en esta área tan sensible para fortalecer la economía cubana

Autor:

René Tamayo León

A fin de ordenar la actividad de comercio exterior, de acuerdo con las actuales condiciones del país, fue actualizado el procedimiento de solicitud de oferta, concurrencia y análisis de precios para actividades de importación y exportación.

El nuevo protocolo, que sustituye al del año 2004, establece «las herramientas, principios y normas básicas» a que están obligadas las entidades para realizar los análisis de precios que correspondan, previo a la suscripción de las operaciones de comercio exterior.

El procedimiento de solicitud de oferta, elaboración de pliego de concurrencia y análisis de precios —así se llama oficialmente— es obligatorio para las entidades que realizan actividades de importación y exportación inscritas en el Registro Nacional de Exportadores e Importadores de la Cámara de Comercio de la República de Cuba, excepto las empresas de capital totalmente extranjero.

Contenido en la Resolución No. 16/2017 del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex), el procedimiento puede consultarse en la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria del pasado 15 de febrero.

Al explicar la pertinencia de la normativa, el titular del Mincex, Rodrigo Malmierca Díaz, señala que la «necesidad de utilizar con eficiencia los recursos con destino a la actividad de comercio exterior obliga a una oportuna y eficiente salida al mercado internacional en condiciones competitivas favorables».

Para este objetivo —agrega—, resulta determinante «el conocimiento adecuado de los bienes y servicios objeto de negociación, de las contrapartes extranjeras y su representatividad en los mercados que operan, la investigación sistemática y la observancia de la coyuntura de mercado más favorable».

Se requieren, además, una «correcta elaboración del pliego de concurrencia y la fijación del precio óptimo de contratación, todo lo que constituye herramientas claves para el mejor desarrollo y alcance de los resultados esperados en las negociaciones, y permite evaluar y medir la eficiencia de la gestión comercial».

Entre otros puntos, el protocolo rige cómo proceder para las operaciones de importación, cómo establecer precios para la exportación de bienes y también de servicios. Incluye, asimismo, un anexo con los indicadores para el análisis integral de los precios en una negociación comercial.

La Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria contiene a su vez la Resolución No. 17/2017 del Mincex, que fija los «términos que están obligadas a considerar las entidades importadoras como parte del proceso de negociación y concertación de los contratos de compraventa internacional que suscriban para la importación de maquinarias, equipos tecnológicos y de transporte, así como sistemas e instalaciones, nuevos o de segunda mano».

En el ejemplar de la Gaceta se encuentra, igualmente, la Resolución No. 18/2017 del mismo organismo, que deja «sin efecto la constitución de los Comités Coordinadores de Compras e Importación del Aluminio y de Grupos Energéticos», como parte del «proceso de reordenamiento del funcionamiento de los Comités Coordinadores de Compras e Importación de Productos».

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