Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Voces contra la inmoralidad y la sinrazón

Personalidades e instituciones mundiales han denunciado el injusto proceso judicial seguido contra los Cinco

Autor:

Juventud Rebelde

«Lo que los Cinco estaban haciendo —trabajando para proteger del terrorismo la vida y las propiedades— es lo que el mundo tiene que hacer si quiere la paz», Ramsey Clark, ex Fiscal General de los Estados Unidos, 1ro. de octubre de 2002. «La situación con los Cinco es un escándalo tal, que es difícil hablar de ella», Noam Chomsky, prestigioso intelectual norteamericano, 29 de octubre de 2003. «Nada justifica que permanezcan en prisión todavía», Premio Nobel Wole Soyinka, 31 de agosto de 2005. «Nada se parece más al miedo a la verdad que el encierro injusto de los Cinco héroes de Cuba », Manu Chao, cantautor franco-español, 14 de diciembre de 2005. «Los Cinco no son responsables desde el momento mismo en que nunca realizaron conducta alguna que atentara contra el estado norteamericano», Eduardo López Betancourt, abogado y periodista mexicano, quien acumula el mayor número de obras sobre Derecho Penal en su país, 31 de mayo de 2006. «El encarcelamiento de estos cinco hombres es arbitrario e ilegal. La opinión de los tres jueces de Atlanta es inatacable», abogado californiano Ian Thompson, de la Asociación Nacional de Juristas de Estados Unidos, 8 de agosto de 2006. «El supuesto terrorismo de los Cinco Héroes al que se refiere la mafia de Miami, es en verdad su propio espejo genético», Gunther Belchaus, jurista alemán de Amnistía Internacional y co-fundador del Comité Basta ya, por la libertad de los Cinco, 10 de agosto de 2006. «Se trató de una decisión con motivaciones políticas destinada a aplacar a la comunidad cubana de Miami, la cual ha estado involucrada en actos terroristas contra el Gobierno y el pueblo de Cuba durante muchos años. El trabajo de los Cinco Héroes tenía como fin evitar otras acciones y defender a Cuba», declaración de la Asociación Internacional de Juristas Demócratas sobre la reciente decisión del XI Circuito de Atlanta. «Esta resolución es una expresión más del carácter político del proceso seguido contra los Cinco», Comité Ejecutivo del Partido Comunista de los Pueblos de España expresada el 20 de agosto de 2006 sobre la decisión planteada por el XI Circuito de Atlanta el pasado 9 de agosto. «Que se respeten los derechos de los cinco cubanos encarcelados en los Estados Unidos y los de sus familiares a visitarlos», Asociación Americana de Juristas, 28 de enero de 2005. «Las madres, las esposas, los hijos (de los Cinco), también han sido condenados por los tribunales norteamericanos», Reverendo Oscar Bolioli, metodista uruguayo de nacimiento y ciudadano norteamericano, secretario general asociado para Asuntos Internacionales del Consejo Nacional de Iglesias, 26 de noviembre de 2002. «Con Estados Unidos buscando cualquier pretexto para una posible agresión a Cuba en su “Guerra contra el terrorismo”, es más vital que nunca que estos hombres sean reivindicados y regresen a sus hogares con sus familias», Padre Geoffry Bottoms, Inglaterra, 26 de febrero de 2004. «El caso de los Cinco cubanos presos en Estados Unidos es algo que permanece en secreto para el pueblo norteamericano... mi esperanza es que cada vez más y más personas en Estados Unidos comiencen a conocer acerca de la situación de los Cinco y creo que ellos la hallarán intolerable», Howard Zinn, prestigioso ensayista, historiador y dramaturgo estadounidense, 27 de junio de 2004. «Si un preso político se define como alguien que es mantenido en custodia, y que si no fuera por sus creencias y/o asociaciones políticas fuera una persona libre, entonces los cinco cubanos pueden ser considerados como presos políticos», William Blum, reconocido historiador y politólogo norteamericano, 1ro. de septiembre de 2002. «Por parte de los medios de comunicación europeos se está aplicando un boicot generalizado, ni en los periódicos, ni por radio, ni por televisión se habla de esta historia. Nos encontramos frente a un hecho totalmente censurado», Ignacio Ramonet, catedrático en Teoría de la Comunicación y director de L’ Monde Diplomatique. «Estamos preocupados, pues la permanente y ya alargada negativa de visas a sus familiares inmediatos ha causado penurias adicionales a René González y a Gerardo Hernández más allá de las sentencias que les fueron impuestas. Creemos que, ante la falta de evidencia de que estas visitas puedan representar una clara e inmediata amenaza, esta medida es innecesaria y contraria no solo a las normas que rigen el trato humano hacia los prisioneros sino también contraria a la obligación de los estados de proteger la vida familiar», carta de Amnistía Internacional al Departamento de Estado de los Estados Unidos, 11 de enero de 2006. «...creemos que las actuales condiciones del caso solo reafirman la justificación humanitaria para permitir a las esposas visitar a sus esposos y por tanto le alentamos a que permita a la Sra. Adriana Pérez y a la Sra. Olga Salanueva (y a su hija) entrar a territorio de los Estados Unidos para realizar esas visitas», carta del Consejo Nacional de Iglesias de Cristo en los Estados Unidos a la secretaria de Estado Condoleezza Rice, 27 de enero de 2006. «Esta Cámara señala la negativa de entrada contra familiares inmediatos para que visiten a detenidos en los Estados Unidos de América; y llama al Gobierno de los Estados Unidos a apoyar la petición de un nuevo juicio y a asegurarse de que tenga lugar en una jurisdicción donde se garantice un proceso justo», Moción 174 del Parlamento Británico, firmada por más de 110 miembros de ese órgano el 21 de noviembre de 2002. «No se puede permitir que esta situación arbitraria, que es extremadamente dolorosa para ellos y para sus familiares, continúe», carta abierta al Fiscal General de los Estados Unidos firmada por el Premio Nobel Harold Pinter y por 110 miembros del Parlamento británico, febrero de 2006.

(Resumen realizado por el periodista Luis Hernández Serrano)

Arbitraria privación de libertad

«La privación de libertad de los señores Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González Llort, Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar y René González Sehwerert, es arbitraria, está en contravención del artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y corresponde a la categoría III de las categorías aplicables, examinadas en los casos presentados al Grupo de Trabajo». Dictamen dado el 27 de mayo de 2005 por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

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