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¿Qué dice el Instituto Nacional de Seguridad Social?

Comienza a desenredarse la madeja de dilaciones denunciada el pasado 9 de mayo por Celaida Fernández, la viuda que llevaba más de ocho meses esperando infructuosamente la pensión, como consecuencia del fallecimiento, el 9 de septiembre de 2012, de su esposo Redel Escobar, chofer de la cooperativa de créditos y servicios fortalecida (CCSF) César Escalante Dellundé, del municipio capitalino de Boyeros. Papeles iban y venían, supuesto extravío del expediente, y la mujer y su hijo sin una respuesta todo ese tiempo…

Responde Yamilé Robaina, presidenta de la CCSF, que Redel Escobar «era un compañero muy querido por todos en la cooperativa, y es injusto que a ocho meses de su fallecimiento, todavía ella no esté recibiendo los beneficios de la pensión por viudez». Pero aclara que «esta situación no se debe a negligencias de nuestra entidad, ni a la irresponsabilidad y falta de sentido humano de nuestros compañeros, como se plantea por la quejosa».

Precisa que el 9 de septiembre de 2012, y encontrándose en la funeraria acompañando a los familiares, la Jefa de Personal de la CCSF solicitó los datos del carné de identidad de Celaida, para comenzar a tramitar la pensión. Y le dejó por escrito el listado de documentos que se debía presentar en la filial municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass) dentro del término que establece la ley.

Una vez conformado el expediente, se entregó a la filial de Boyeros el 18 de septiembre de 2012. Allí, la funcionaria a cargo manifestó que la revisión del expediente se haría en la filial provincial, ya que ellos tenían escasez de personal, que dificultaba la tramitación.

«No obstante —afirma Yamilé—, la Jefa de Personal acudió cada semana desde entonces a interesarse, sin obtener respuesta alguna, ya que todo parecía indicar que el expediente se había extraviado, pues no aparecía como enviado a provincia ni junto a los que aún obraban en esa filial».

Ante la insistencia de la CCSF fue que apareció el expediente. Y entonces les informaron a los de la cooperativa que faltaban algunos documentos de la viuda, imprescindibles. Los mismos ya estaban el 21 de octubre de 2012 y al siguiente día la Jefa de Personal pudo entregar el expediente completo.

Señala Yamilé que la Jefa de Personal continuó atenta a este asunto, «hasta que a finales de noviembre de 2012, en la filial les manifestaron que habían encontrado el expediente, y faltaban otros documentos para tramitar la pensión, como eran las verificaciones en las direcciones de Celaida y Redel, quienes a pesar de vivir juntos tenían domicilios diferentes. Y también se solicitaba una carta que atestiguara que Celaida era ama de casa».

A partir de ahí se comenzaron a tramitar los nuevos documentos solicitados, y el 10 de diciembre de 2012 se elaboraron. A mediados de ese mes se entregó de nuevo el expediente.

Ante la insistencia de la dirección de la CCSF —apunta—, en la filial del Inass les informaron que el expediente había ido a provincia el 8 de febrero de 2013, «porque no había personal para realizar los cálculos». Y a fines de marzo, el Inass les devolvió el expediente, alegando que faltaban las verificaciones que ya habían entregado en diciembre.

Los de la cooperativa fueron de nuevo y comprobaron que dicha documentación estaba dentro del expediente. Mientras aguardaban respuesta, volvieron por la filial y les informaron que el expediente había sido enviado una vez más para la provincia el 9 de abril.

En un intento posterior por informarse acerca de la marcha de esta diligencia, retornaron a la filial de Boyeros y les respondieron que el expediente iba a ser devuelto el 20 de mayo. El 16 de ese mes se entrevistaron con la Directora de esa entidad, quien les manifestó «los problemas serios de personal que estaban atravesando, ratificando lo informado de que después del 20 de mayo la viuda recibiría la chequera».

Aclara la Presidenta de la CCSF que la viuda era informada constantemente de los trámites, y en más de una ocasión acudió al Inass acompañada por los representantes de la cooperativa.

«No se concibe que pasados ocho meses del fallecimiento —señala—, la viuda no esté disfrutando de la pensión. Pero no corresponde a la CCSF responder ante esa situación, ya que hemos agotado todo a nuestro alcance para realizar el trámite en el menor tiempo posible. Y nos seguimos manteniendo al tanto, dispuestos a evacuar cualquier problema que esté en nuestras manos, para que la viuda y el hijo de un trabajador tan querido como lo fue Redel Escobar no presenten ninguna dificultad ni carencia».

Agradezco la respuesta, y ahora solo falta la del Inass para acabar de desenredar la imperdonable madeja.

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