Acuse de recibo
Juliana Heredia Cajigal (Calle 2 No. 115, Costa Rica, municipio de El Salvador, Guantánamo) labora hace unos 19 años como custodio en una granja agropecuaria perteneciente a la Empresa de Granos Niceto Pérez. No puede abandonar su labor porque es madre soltera y tiene un hijo de 25 años con retraso mental, que es atendido por Neurología y Siquiatría. «Es como un niño de tres años», me confiesa.
El muchacho era beneficiario de una chequera de Asistencia Social, y como Juliana trabaja, no podían mantenérsela. Con más razón, ella se pregunta cómo ha sido posible que hace unos dos meses la dejaran sin empleo, alegando que esa entidad no tiene dinero para pagarle.
La decisión se la informó el Jefe de la granja. Y después el Director de la Empresa les comunicó oficialmente la medida a varios trabajadores. Y le dijo a Juliana que no tenía ningún otro puesto de trabajo que ofertarle. «Hasta el momento (7 de julio), afirma, continúo sin trabajar y sin poder comprarle las medicinas a mi hijo. Sin dinero para adquirir los alimentos.
«Pienso que se debería haber analizado esto; y, por lo menos a mí, que estoy en esta situación y es de conocimiento de ellos, me hubiesen ofertado otro puesto de trabajo o haberme dejado en el mío. Quisiera que alguien con un poco de sensibilidad atendiera mi caso y me ayudara a solucionar esta situación. Estoy desesperada», concluye Juliana.
No tenemos todos los detalles de la historia, pero sea cual fuere la razón del cese del vínculo laboral, este no se instrumenta de improviso, con solo órdenes y palabras. Hay que fundamentarlo bien y hacerlo con justicia y respeto a lo legislado. Sobre todo, con una salida humana y sensible, para alguien que lleva 19 años en su puesto de trabajo y se le une el cielo con la tierra.
Roberto Rodríguez González (Avenida 7 de Diciembre No. 168, entre 2da. y 3ra., Santa Clara, Villa Clara) labora como cocinero en la Casa del Atleta de esa ciudad, perteneciente a la Dirección de Deportes. Y hace tiempo desea acogerse al pluriempleo para mejorar sus ingresos, pero algo se interpone…
Cuenta el remitente que labora dos días de 6:00 a.m. a 6:00 p.m., y descansa los dos siguientes, así rotativamente. Y desde 2016 está intentando infructuosamente lograr un contrato para laborar en esos dos días de asueto en su propio centro como operario de instalación, algo diferente a su trabajo habitual allí.
Todo lo que he recibido ha sido un no se puede, afirma, y explica que el argumento dado es que los dos días en que él descansa ellos se los están pagando.
Ante las gestiones hechas por Roberto, le respondió el 12 de noviembre de 2018 Yudelvis Álvarez Fonseca, directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en carta que él reproduce en su misiva, y este redactor extracta:
«En relación a la consulta recibida, procedente de la Oficina de Atención a la Población de nuestro organismo, con número de expediente 2030, mediante la que solicita si puede obtenerse un pluriempleo durante el tiempo de descanso, después de la jornada de trabajo y en el mismo centro, se expresa lo siguiente:
«De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 116 de 20 de diciembre de 2013, Código del Trabajo, los trabajadores, después de cumplir los deberes del cargo que desempeñan, pueden realizar otras labores, para lo cual suscriben un contrato de trabajo y perciben la remuneración que les corresponda por la labor realizada.
«Los empleadores pueden concertar contratos con trabajadores vinculados con otros empleadores, así como con sus trabajadores, para que realicen labores distintas a las habituales en diferentes horarios de trabajo mediante contrato por tiempo determinado, o para ejecución de un trabajo u obra».
Más claro, ni el agua.