Acuse de recibo
Con 80 años, y una vida consagrada a la tierra, el campesino Pablo Silverio Castro Carmona me escribe desde el barrio rural Don Mariano, en Caimito, provincia de Artemisa. Y lo hace, porque no ha podido lograr en más de 30 años de reclamaciones y trámites legales, que se reconozcan sus derechos a una parcela de la finca La Coronela.
Cuenta Pablo que en 1956 él ocupaba una parcela en la finca Quintana abajo, en Ojo de Aguas, colindante con La Coronela. Y como campesino pobre, analfabeto y desprotegido en aquellos años prerrevolucionarios, no contaba con la documentación legal; pero sí existen testigos de que la trabajó, y además pagaba arrendamiento a los titulares de la misma.
A inicios de la Revolución, Pablo permutó esa área con sus vecinos de la finca La Coronela, y comenzó a explotar esta. Durante muchos años produjo caña de azúcar para el central Habana Libre, cuya administración lo reconoció. Además, quedó refrendado por el poder realizado en 1960 por el anterior propietario de La Coronela, Nicolás Dorta Cordero, ante el notario Alberto Martí, de la localidad.
En el documento se delegaban en Pablo todas las facultades como poseedor de las tierras, para que pudiera actuar legítimamente en sus relaciones económicas con el central y el Estado.
«Fueron estos hechos —apunta— los que se consideraron con toda justeza en 1983, cuando pertenecí a la cooperativa de crédito y servicios (CCS) Jesús Menéndez, en condición de pequeño agricultor, para que las propias autoridades agrarias que hoy impugnan mi condición me declararan entonces, a solicitud de la ANAP, propietario de la finca La Coronela, ajustándose a los justos principios que siempre ha defendido nuestro Gobierno: la tierra debe ser para quien la trabaja».
Cuando en 1971 se construyó la presa La Coronela, Pablo se mantuvo cultivando el área de la finca que no fue absorbida por el embalse hasta 1991, momento en que se le entregó otra finca con condiciones de baja fertilidad y se produjeron otras confusiones legales. Esos detalles constan en el expediente de la Agricultura, donde también queda recogido que no fue tratado debidamente.
Pero Pablo afirma que hay elementos suficientes para rectificar lo que se hizo con él.
Como resultado de sus reclamaciones, el Delegado provincial de la Agricultura en la antigua provincia de La Habana dictó la Resolución 94 de 13 de Marzo de 2008, que aducía la imposibilidad de restituirle La Coronela, a pesar de sus derechos históricos sobre la misma, por estar situada al borde de la presa.
Dicha Resolución disponía que se ejecutara una permuta para otra parcela, Don Mariano, perteneciente a la CCS Juan Manuel Gorina del Toro, del CAI Habana Libre. Pablo aceptó tal solución y comenzó a realizar los trámites para que se ejecutara. «Por razones burocráticas —afirma— no se concretaba. Y cuando estuvo la Comisión Agraria en el lugar, me dijeron que debía cultivar la nueva parcela, pero que no podían darme un título de propiedad sobre ella, por lo cual me mantendría como titular de la finca anterior. No estuve de acuerdo con esa salida, por considerarla ilegal».
Tiempo después, Pablo escribió al Ministerio de la Agricultura, el cual dispuso por resolución que se anulara su título de propiedad, y que no correspondía otorgarle otra tierra a cambio de la suya, por ser un propietario ilegal. El Delegado provincial entonces dispuso la nulidad de su título, y que no se le entregara otra parcela en propiedad.
Estas decisiones «me han llevado a estar alejado de la tierra durante varios años, sin poder dedicarme a lo que más amo en la vida. Pasé de ser un campesino autofinanciado y productivo, a una persona subsidiada, una carga para el Estado.
«Me podrán hacer críticas de por qué no me dediqué a esto o aquello, por qué no soy usufructuario de tierra; o por qué no puse a producir las tierras rocosas que se me entregaron en 1992, ilegalmente, para que abandonara mis tierras en La Coronela. A lo mejor tengo parte de culpa por aferrarme a mi pedazo de tierra. Pero mis posibles errores no se pueden usar para justificar las injusticias hacia mi persona, al no indemnizarme sabiendo que era poseedor de tierras, que las trabajaba y producía caña para el central».