Acuse de recibo
«La Caja de Resarcimiento es la entidad perteneciente al Ministerio de Justicia encargada de ejecutar las sentencias penales dictadas por los tribunales, consistentes en el pago de las indemnizaciones a las víctimas de delitos y el cobro a los sancionados de la responsabilidad civil», reza en el portal del Ministerio de Justicia de Cuba en Internet.
Y entre las funciones de aquella entidad, menciona: «Recibir las sentencias de los tribunales y las reclamaciones de la víctima. Emitir requerimiento de pago al sancionado. Pagar a la víctima del delito y cobrar a los sancionados. El deudor debe pagar, sin requerimiento previo, dentro de los 30 días hábiles. Transcurrido el término, tiene un recargo del diez por ciento de la deuda».
Dicho esto, nadie puede imaginar lo difícil que le resulta cobrar la consiguiente indemnización a la víctima de un delito, como es el caso de Nidia Ruiz Romero, vecina de calle 1 No. 778, entre J y K, en el reparto Lugones de la ciudad de Ciego de Ávila.
Cuenta Nidia que el 18 de mayo de 2009, a las 3:30 a.m., mientras dormían ella y su nieto de 14 años, se produjo un robo con fuerza de un televisor ATEC-HAIER y una bicicleta, con rotura de una ventana. En el proceso penal posterior, el Tribunal sentenció al comisor del delito a cinco años de privación de libertad y a indemnizar a Nidia por la suma de 9 562 pesos.
El 5 de noviembre del 2009, agrega, se hubo de solicitar con el trámite pertinente a la Caja de Resarcimiento nacional la indemnización correspondiente. Transcurridos dos meses, en enero de 2010, realizó la segunda reclamación a la Caja.
Y al no recibir respuesta, el 10 de marzo de ese mismo año, Nidia acudió a la oficina provincial de la Caja. Allí le pidieron los datos del caso y le prometieron que solicitarían detalles a La Habana. En mayo de ese año, sin respuesta alguna, Nidia volvió a la Caja en Ciego y le reiteraron idéntica respuesta.
«Hasta el presente —señala—, la concreta es el silencio para una persona víctima de un inescrupuloso hecho delictivo. ¿Por qué no la atención a mi justa reclamación? No encuentro respuesta alguna, y todavía estoy pagando el televisor sin tenerlo. Casi han transcurrido dos años, entre el hecho, el proceso penal y mis reclamaciones. ¿Hasta cuándo?».
La Caja se compromete y media entre los dos, pero es el victimario quien debe indemnizar a la víctima. Y de acuerdo con las cartas que se reciben aquí, parece ser que la sentencia de un proceso penal, que debería ser de total obligatoriedad, navega por mil vericuetos para cumplirse.
Agradeceríamos que la Caja de Resarcimiento responda: ¿Por qué tanta demora y tanto silencio? ¿La indemnización depende de la buena voluntad del victimario? ¿No hay formas coercitivas y punibles de obligarlo? Al final, lo que se resiente es la legalidad y el peso de la justicia, en un clima de impunidad a los ojos de los ciudadanos.
La de Rafael Rubie (Trocha 570, Santiago de Cuba) es una pequeña pero candente historia que podría haberse resuelto, si nos convenciéramos que atender y servir a los ancianos vulnerables no debe significar supeditarlos a decisiones tajantes.
Rafael es débil visual y vive solo. Es uno de los 72 ancianos que a diario almuerzan y comen en el comedor comunitario La Maltera de esa ciudad. Son personas enfermas, minusválidas o con limitaciones, que vienen desde lejos y hacen sus esfuerzos para acceder a la comida humilde pero agradable.
Ellos tienen la mejor opinión del colectivo que los atiende y agradecen lo que hace el Estado por protegerlos. Pero últimamente llegó una orientación que les impide, como hasta ahora hacían muchos de ellos, llevar de una sola vez el almuerzo y la comida, para no tener que duplicar el recorrido con tantas limitaciones motoras que tienen los viejitos: unos ciegos, otros débiles visuales, minusválidos y hasta en sillas de ruedas…
Ahora los 72 comensales están esperando una señal sensible de Gastronomía y el Poder Popular.