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Aclaraciones sobre límites de operaciones bancarias entre personas naturales

Cumpliendo con normativas internacionales y según la dinámica del mercado financiero nacional, los límites de transferencia y extracción de efectivo por los canales electrónicos solo se aplican a los movimientos relativos entre personas naturales

Autor:

Ana María Domínguez Cruz

En correspondencia con políticas financieras internacionales y con el ánimo de aplicar la debida diligencia en los bancos y establecer límites en las transacciones de los clientes, de acuerdo con la naturaleza de las operaciones, el Banco Metropolitano informó recientemente sobre el establecimiento de límites a las operaciones bancarias de extracción de efectivo y transferencias que se realizan a través de los diferentes canales electrónicos en Cuba.

En conferencia de prensa este lunes, el Doctor Armando Torres Aguirre, subdirector general de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central de Cuba (BCC), insistió en que desde 1997 se aplican en el país límites para las diferentes operaciones financieras, y que se han ido atemperando al alza a medida que el tiempo ha transcurrido, según la dinámica que se observa.

«Siempre la banca cubana ha protegido a sus clientes y los fondos que ellos poseen en nuestro sistema, por lo que no limitamos el acceso de nuestros clientes a sus cuentas bancarias. Solo se establecen estos límites de transferencias por la vía electrónica entre personas naturales para preservar la disciplina del mercado, reforzar la educación financiera de los ciudadanos y evitar que puedan involucrarse en delitos y otras acciones ilícitas, así como en evasión fiscal.

«Abogamos por mayor transparencia y la consolidación del monitoreo que mantenemos, como signataria que es Cuba de las convenciones de Viena (Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Controladas); Palermo (Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional) y Mérida, (Convención de Naciones Unidas contra la corrupción)», precisó el especialista.

Idania Torres, intendente del BCC, puntualizó que para las operaciones de las cuentas personales relacionadas con salario, jubilación, ahorro, formación de fondos y colaboración, los límites establecen diariamente por operación hasta 80 000 pesos cubanos y un máximo de hasta 120 000 CUP al mes; mientras que en el caso de la MLC el límite diario por operación es de hasta 1 000, y un máximo de hasta 5 000 al mes.

«Entre una persona natural y una persona jurídica u otro actor económico no existe tal limitación, en cualquiera de los sentidos que se realice la transferencia. En caso de que entre personas naturales se quiera transferir un monto mayor al establecido, se debe concurrir a una sucursal bancaria para realizar allí el movimiento monetario, declarando origen y destino de la cantidad en cuestión», añadió.

Por su parte, Yelenni Fernández, directora general de Banca Electrónica del Banco Metropolitano, afirmó que se trabaja para solucionar la situación de los cajeros electrónicos, que solo suman 300 en la capital en buen estado para brindar el servicio, lo que no satisface la demanda actual.

Rubinelson Zaldívar, vicepresidente de Banco Popular de Ahorro, comentó que la denominación de los billetes para la entrega del efectivo en los bancos es baja en ocasiones, de hasta diez o 20 pesos, y que los de mayor denominación se reservan para los cajeros electrónicos. «Sabemos que resulta complejo extraer efectivo de una sucursal con billetes pequeños, por lo que trabajamos de manera intencionada para resolver cuanto antes esa situación».

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