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Cuando la justicia no puede fallar

La Fiscalía General de la República es la encargada de que en todos los procesos judiciales el bienestar de los menores de edad sea el supremo

Autor:

Susana Gómes Bugallo

Aunque sus padres estaban en el ejercicio de la patria potestad sobre ella, eso no era lo mejor para Amalia (nombre con el que llamaremos a esta niña). Por eso fue dada en custodia a su abuela. De este modo el Tribunal Supremo Popular dictó una novedosa sentencia y otorgó la posibilidad de un futuro mejor para esta pequeña.

«Después de un riguroso proceso en el que participó la Fiscalía, se concluyó que lo que más favorece a los intereses de la niña es estar bajo la guarda y cuidado de su abuela, sin detrimento de la patria potestad de sus padres, aunque tienen menos posibilidades de ejercitarla», explica Idania Silot Navarro, fiscal de la Dirección de Protección de la Familia y Asuntos Jurisdiccionales de la Fiscalía General de la República (FGR).

«En el Código de Familia está previsto que esto se confiera en casos excepcionales a alguien ajeno a los padres», abunda la Fiscal y detalla así parte de la labor que realiza el órgano del Estado que representa.

En cualquiera de los momentos de la vida en los que esté involucrado un menor de edad, se impone ponerlo en un lugar privilegiado. Más aún si se trata de un proceso judicial, evento traumático incluso para los adultos. Para que esta máxima no quede en el olvido, la Fiscalía se encarga de velar porque en cada suceso de este tipo que tenga lugar en Cuba, prime el bienestar supremo, que es el de los niños. De ello da cuenta Silot Navarro, quien conversa con JR sobre la labor fiscal como garante del menor.

Según ilustró la fiscal, la Fiscalía presta atención hace un tiempo a menores que han sido víctimas de otros actos de desatención y maltrato que no constituyen hechos delictivos, pero afectan sus intereses y derechos.

«Por la vía de la línea telefónica llegan denuncias de niños que no están siendo atendidos, quedan solos en el hogar por tiempos prolongados, no reciben pensión alimenticia o no están reconocidos por su papá. Obtenemos información incluso desde las escuelas y los vecinos.

«Estamos registrando y visitando esos casos y accionando con las instituciones y los mecanismos que existen en el país para la protección de esa parte de la población. Además exigimos a los padres por el cumplimiento de sus responsabilidades. Si es necesario, formulamos las denuncias y los presentamos ante tribunales de lo penal para que respondan, pues el Código Penal protege a los niños de la desatención de sus padres.

«La Fiscalía está accionando cada vez más, entendiendo que esa no es la solución, pero hemos tenido que llegar al proceso penal y lo hemos defendido ante los tribunales, por la necesidad de que se impongan las sanciones que merecen los padres por esos motivos», afirma.

La mejor polea

Como una polea transmisora entre la realidad del pequeño y el tribunal funciona la fiscalía en su rol de investigadora en la comunidad y los espacios relacionados con el conflicto. Allí los fiscales se encargan de entrevistarse con personas que conozcan la situación y estén vinculadas a esta, o no, para garantizar la justicia.

«La Fiscalía tiene que ajustarse al asunto, encontrar la norma que justifica la decisión correcta y transmitir al tribunal el mensaje adecuado. La mentalidad de los fiscales tiene que ir acorde con el desarrollo de la sociedad y los problemas que afrontamos», especifica la especialista.

«Pocas veces se habla de que intervenimos en procesos que tienen que ver con la protección de la familia, los menores de edad y las personas declaradas judicialmente incapacitadas de regir su persona y administrar sus bienes. Pero esa función es de la fiscalía», dice.

La Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico y el Código de Familia son las normas que disponen en qué casos el fiscal debe intervenir. Son cuestiones de orden público en las que se llama al fiscal para salvaguardar esos intereses superiores.

«El fiscal es llamado para dar su dictamen y el tribunal no puede dictar resolución sin escuchar qué piensa, aunque es facultad de los jueces tomar en consideración o no su criterio. Pero se trata de algo de connotación especial para la familia y la sociedad y, por tanto, es un asunto de orden público para el Estado», ilustra.

Conocimiento es justicia

Pero para encontrar la verdad hay que salir a buscarla. Y este viaje debe ser con todas las herramientas necesarias y el inequívoco sentido de la justicia. Por eso la Fiscalía se esmera en la preparación de los jóvenes que se incorporan a la institución y deben ser formados para desarrollar con mayor calidad sus funciones.

«Para hacer bien su trabajo, los fiscales tienen que investigar en las comunidades. Esas verificaciones tienen que ser más exhaustivas cada día para que puedan formarse un juicio propio sobre lo que deben decirle al tribunal y así contribuir a una mejor impartición de justicia, y cuáles son los argumentos que puede trasladar para una sentencia más ajustada a la realidad y que favorezca a los intereses superiores que el fiscal representa», exalta Silot Navarro.

Explica que a partir de 2012, con la Instrucción 216 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía tiene una intervención muy importante en otros asuntos de estrecha relación con la familia, como la guarda y cuidado de los hijos menores de edad, el régimen de comunicación de los padres con sus hijos cuando se produce el divorcio, el importe de la pensión alimenticia que deben pasar y bajo la custodia de cuál de los dos va a quedar el menor de edad.

Si habláramos de lo que distingue a esta labor, lo más importante, según la especialista, es que el fiscal no contesta una demanda ni realiza un dictamen desde el buró, sino a partir de una investigación profunda. En ocasiones debe ir más allá de la ley, debido a que algunas normas del entramado cubano deben actualizarse más.

«Se encuentran soluciones en la legislación que aplicamos y ningún niño queda desamparado en un proceso judicial, porque nuestras normas no estén actualizadas. Si bien con el paso del tiempo, por el avance de la sociedad y el mundo, las normas requieren perfeccionamiento, aún son aplicables y tienen solución para el respaldo de nuestras niñas, niños y adolescentes», dice.

«Estamos avanzando hacia la extensión del control de la legalidad y la protección de los derechos ciudadanos a las máximas expresiones, no solo a los menores de edad ni a los discapacitados, sino también a las personas de la tercera edad y a las mujeres que puedan ser víctimas de violencia en el seno familiar», confirma Silot Navarro e ilustra que entre lo novedoso está la posibilidad muy bien aprovechada por la ciudadanía de comunicarse con este órgano mediante la línea telefónica y recibir orientación, además de tramitar su caso mediante los fiscales.

«Nuestro pueblo puede confiar en la fiscalía porque trabajamos pensando en satisfacer sus expectativas, proteger sus derechos y que se respete la legalidad socialista, además de ser sensibles y comprometernos con los problemas del pueblo, el ejercicio correcto de la acción penal pública y la protección de los derechos ciudadanos desde una visión más amplia», concluye.

Casos de Familia en que la Fiscalía ofrece dictamen

-Declaración de la incapacidad de una persona para regirse y administrar sus bienes, y nombramiento de tutor.

-Reconocimiento de unión matrimonial sin formalizar entre un hombre y una mujer. Este proceso tiene un marcado contenido económico y suele ocurrir cuando alguno de los miembros de la pareja ya no está, o la unión ha terminado y se quiere reclamar derecho sobre determinados bienes.

-Filiación de las personas. El fiscal es llamado previo a que se inicie el proceso para que dictamine si conviene al menor que se sustancie el asunto antes de su mayoría de edad. Entablada la litis, se le consulta su parecer.

-Parte de los procesos del ejercicio de la patria potestad de los padres en relación con sus hijos menores de 18 años, cuando se pretende suspender o privar a un tutor.

-Solo corresponde la facultad de nombrar tutor al fiscal. Los familiares del necesitado están en el deber de comunicar esa necesidad, aunque cualquiera puede hacerlo.

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