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¿Qué sabes de Consultoría Jurídica?

Juventud Rebelde ofreció la oportunidad de aclarar interrogantes con respecto a los servicios especializados de esta sociedad de abogados

Autor:

Juventud Rebelde

¿Conoces los servicios legales especializados que brinda Consultoría Jurídica Internacional? ¿Tienes alguna duda al respecto?

Juventud Rebelde te ofrece la oportunidad de aclararlas el próximo martes 27 de septiembre desde las 10:00 a.m., pues estaremos en un diálogo en línea con especialistas de ese centro, quienes responderán las interrogantes.

Deje sus preguntas o dudas en el cajón de comentarios que acompaña esta noticia.

La Consultoría Jurídica Internacional, con  más de 25 años de experiencia, ofrece servicios especializados en asistencia legal, notarial, trámites migratorios y documentales. Es líder en el mercado cubano y se destaca por la profesionalidad de sus abogados, notarios y especialistas. Tiene oficinas en todas las provincias del país.

Brinda servicios legales referidos a todo tipo de servicios de naturaleza jurídica para personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras radicadas en Cuba o en el extranjero.

La Resolución 71 regula los servicios y las tarifas de los trámites migratorios que se brinda a las personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras.

Participarán en el foro el director de la entidad, máster José Pavón Cruz y la especialista Glenda Díaz Rodríguez.

Respuestas a las interrogantes

Ya se encuentran en nuestra redacción los especialistas de Consultoría Jurídica Internacional, quienes procederán a responder las interrogantes de nuestros lectores.

Jorsamo: ¿Están autorizadas las Consultorías Jurídicas a contratar sus servicios con las nuevas formas de gestión no estatal, incluyendo a los trabajadores por cuenta propia, considerándolos no como simples personas naturales, sino como empresario mercantil individual? De ser así, ¿cuáles serían las tarifas por dichos servicios?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Somos la Consultoría Jurídica Internacional, S.A, Sociedad Civil de Servicios Legales, en lo adelante CJI, única de su tipo en el país, pues existen otros Bufetes de Servicios legales Especializados (BI, Claim, BES, LEX y Conabi) que brindan servicios similares a los nuestros; y también existen las Consultorías Jurídicas Estatales, adscriptas a los Consejos de la Administración de los Territorios que igualmente prestan servicios legales, fundamentalmente, asesoramiento jurídico a Empresas Estatales, de igual forma están los despachos de abogados de la Organización de Bufetes Colectivos, quienes si brindan servicios a las personas naturales. En el caso de la CJI nuestro objeto social nos permite brindarle servicios de Asistencia Legal a las Cooperativas no Agropecuarias que se constituyen en el país; sin embargo no estamos legitimados para prestarle servicios a los trabajadores por cuenta propia (TCP), pero estos si tienen respaldo legal a través de la organización nacional de bufetes colectivos, nuestro objeto social si nos faculta a brindarles servicios a las personas naturales residentes permanentes en el exterior o a las extranjeras.

GABO: No sé si mi duda tenga que ver con este ámbito, creo que sí. Bueno le explico: mi mamá cuidó a una señora desde 1987 hasta 2002. La señora falleció para esa fecha. Cuando fuimos a arreglar los papeles legales de la vivienda, le explican a mi mamá que al no estar legalizado tiene que pasar a ser usufructuaria del Estado, o sea, que no podíamos ser propietarios de la vivienda. Mi pregunta es; que si yo nací en esa casa, ¿no tengo derecho a realizar los papales para dejar de ser usofructuario del Estado para ser propietario de dicha vivienda?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Le recomendamos dirigirse a cualquiera de los Bufetes Colectivos y solicitar una consulta al abogado que se encuentre de guardia para que lo asesore respecto a lo que plantea.

R GC: ¿Cuáles son los servicios específicos y a quienes los prestan las consultorías jurídicas?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: La Consultoría Jurídica Internacional tiene la exclusividad en los servicios ante Inmigración, las obtenciones de antecedentes penales para surtir efectos en el exterior y las solicitudes de documentos registrales y docentes procedentes de los Consulados Cubanos en el Exterior, también existen las Consultorías Jurídicas Estatales, adscriptas a los Consejos de la Administración de los Territorios que igualmente prestan servicios legales, pero, de asesoramiento Jurídico a Empresas Estatales.

-En nuestro caso brindamos los servicios de asistencia, asesoría y representación legal a personas jurídicas y naturales, residentes en el exterior y extrajeras.

-Obtención y legalización de documentos para surtir efectos en el exterior.

-Trámites Migratorios.

-Servicios Notariales.

En el caso de los tres últimos servicios mencionados se les brindan también a personas naturales residentes en Cuba.

Alex: Mi gran duda sobre Consultoría Jurídica está dada en la demora en la tramitación y entrega de documentación a las provincias, cuando las tarifas son extremadamente caras. Sin duda no hay correspondencia en cuanto al pago que se hace y la calidad del servicio.

José Pavón Cruz: Estimado lector, no sé a cuántos días se refiere usted cuando habla de las demoras, porque siempre hay días que son necesarios utilizar para transportar los documentos desde las provincias hacia La Habana, donde se encuentra una de nuestras oficinas encargadas para la tramitación de los asuntos que contratan los clientes, y ello lo hacemos subcontratando a Correo Oficial del Ministerio de las Comunicaciones, que por cierto es bastante eficiente, y luego conforme al acuerdo 7538 del Consejo de Ministros vigente desde abril de 2014, los distintos centros docentes pertenecientes a los Ministerios tienen términos determinados para otorgarnos lo que en nombre de los clientes les solicitamos y lo ilustro.

Los Centros Docentes tienen hasta 45 días hábiles (es decir laborables) para entregarnos las solicitudes de los servicios que nos contratan; las Direcciones Jurídicas de esos propios Ministerios cuentan con cinco días hábiles para certificar los documentos docentes obtenidos y si posteriormente se necesitara su legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores este cuenta hasta diez días hábiles. Como apreciará una solicitud de una certificación de nota a un centro docente y su certificación ante el Ministerio correspondiente y luego su legalización ante el MINREX ocupa un total de 60 días hábiles, ello sin contar los dos días que se utilizan tanto para su remisión a La Habana como la devolución a la provincia correspondiente, y estos términos se hacen constar en los convenios de prestación de servicios que firma el cliente con nuestra Consultoría. Gracias por contactarnos.

Daisy: Quisiera me aclararan si por Consultoría se brinda el servicio de visado, o sea solicitar visa lógicamente enviando los documentos para la embajada correspondiente y cuál sería el costo de este servicio.

Glenda Díaz Rodríguez: Dándole respuesta a su pregunta, le informamos que este servicio es propio, de los Consulados de los diferentes países que tienen misiones diplomáticas en Cuba.

Roberto: Como la constitución expresa que todos los medios están en manos del pueblo y no se habla de trabajo privado, me imagino que se tenga que hacer algo para reconocer gestiones de carácter internacional. Pues se espera y aspira abrirnos al mundo como figura jurídica y no como ficción jurídica...O sea, importar, exportar y otras, etc., la pregunta es ¿llegó este tema ya a la CJI para aquellos que estamos en esta figura económica, llamada e inscrita gramaticalmente cuentrapopismo?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: La CJI es una Sociedad Civil de Servicios, encargada de la prestación de servicios legales especializados, de asistencia, asesoría y representación legal a personas jurídicas y naturales residentes en el exterior y las extrajeras; además de otros servicios como notariales y trámites migratorios y documentales, en modo alguno nuestros objeto social incluye los temas de importación y exportación de productos o servicios, para ellos están facultados otros Organismos de la Administración Central del Estados, el principal, el de Comercio Exterior.

Getaldo: ¿Este ente jurídico tramita la posibilidad de que un extranjero desee abrir una tienda privada de venta de equipos electrónicos en Cuba? De ser posible, ¿qué debe hacer esa persona o qué trámites debe seguir para montar una tienda en Cuba, sabiéndose que es un pequeño empresario privado? Por otra parte, si esta persona quisiera contratar a una persona natural y ciudadano cubano temporalmente para que labore como técnico en el extranjero Primero, ¿puede contratarlo? Segundo, si es posible ¿qué debe hacer para abrir una tienda de tal índole en Cuba y para poder contratar a un técnico cubano para que labore temporalmente en el extranjero?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: La Ley de inversiones vigente en Cuba brinda amplias posibilidades a la inversión extranjera, lo invitamos a consultar la cartera de oportunidades para grandes negocios de interés nacional o a visitarnos en nuestra Consultoría para intercambiar.

Rolando: El abuelo de mi esposa realiza donación en vida como propietario de su vivienda a sus bisnietos (hijos de mi esposa), y con justo título de dominio, pasando a ellos a ser los legítimos propietarios, años después y por decisión de ¿¿¿???, los muchachos pasan a ser Arrendatarios Permanentes hasta no se sabe cuándo. Según el Cap. No. 1 Art. No. 21 de nuestra Constitución de la República, se garantiza la propiedad personal sobre la vivienda que se posea con justo título de dominio..., entonces cómo quedamos y cómo entendemos nuestros propios derechos.

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Rolando el caso que nos plantea nos genera dudas, en razón de que una persona puede donar una vivienda cuando sea su legítimo propietario y en este caso parece no haberlo sido. Díganos si esa donación se realizó ante un notario público, porque de haber sido así este funcionario de seguro tenía que haber tenido a su vista el título de propiedad de la vivienda. En espera que nos amplié. Le saludamos.

Miguel: Para los trámites migratorios, ¿cuáles son los servicios que ofrece CJI?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: La Resolución 71 de la Ministra de Justicia, de fecha 26 de marzo de 2014, establece los servicios, las modalidades de cobro y las tarifas en pesos convertibles (CUC), a utilizar por las entidades autorizadas a prestar servicios jurídicos en esa moneda de conformidad con sus respectivos objetos sociales. Las tarifas aprobadas en la referida disposición jurídica se aplican a las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras. En el caso de las personas naturales cubanas residentes en el país solamente se aplican a la obtención, certificación y legalización de documentos para surtir efectos en el exterior.

El servicio de obtención y legalización de certificaciones de antecedentes penales de ciudadanos cubanos o extranjeros, para surtir efectos en el exterior, se contrata solamente con la Consultoría Jurídica Internacional.

Dentro de los Servicios de Trámites Migratorios y Documentales, en el cual se encuentra el antes referido, también brindamos: obtención y legalización de certificaciones registrales (nacimientos, matrimonios, defunción, actos de última voluntad y declaratoria de herederos; obtención y legalización de documentos docentes ante las diferentes instituciones docentes y sus Ministerios y el Ministerio de Relaciones exteriores Minrex; legalización de documentos ante los Consulados; entre otros.

Leslie: Buenos días, tengo una duda, ¿por qué todas las tarifas de Consultoría son en CUC? ¿No hay perspectivas de rebajas de precios o precios diferenciados?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Buenos días, respondiendo a su pregunta, le informamos que las tarifas vigentes por los servicios que brindamos en nuestra Consultoría, esta refrendadas en la Resolución 71 de la Ministra de justicia, de fecha 26 de marzo de 2014, instancia que decidió fijarla en ese tipo de moneda.

Marín: Si un recién graduado de Derecho quiere formar parte de Consultoría, ¿cómo puede hacerlo?

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Bueno días, conforme establece la ley que regula el cumplimiento de servicio social para lo recién graduados de nivel superior, usted debe laboral durante tres años en el lugar que se le designe, transcurrido ese tiempo, necesario para adquirir experiencia, usted puede presentarse en nuestra Casa Matriz, sita en calle 16, No. 314, entre 3ra y 5ta Ave. Miramar, municipio Playa, y nuestra Junta Directiva evaluará su solicitud.

@len@: Le explico mí situación: mi madre en 2012 me donó su vivienda, la cual tiene un patio grande en el que hay un baño. Dicho baño es usado por una familia que vive al lado, pero siempre lo usaron porque mi madre se lo permitió, a tal punto que ya ni el patio puedo usar, pues ellos lo usan. Ahora yo solicité a la oficina de planificación física de mi municipio que midieran mis linderos, y me dicen que puedo poner una cerca, pero no puedo quitarle el acceso al baño sino dejaría esa casa inhabilitada, si fuera así no es culpa mía que ellos en tantos años no se hicieran un baño, yo necesito mi patio, pues en un futuro pienso vender y con esos problemas no puedo; además estamos en conflictos esos vecinos y yo que soy la propietaria de la casa ahora me dicen que le tengo que dejar una portería para que pasen, yo necesito una respuesta, ellos habitan su vivienda hace 12 años y no tienen baño propio, esos vecinos y yo tenemos problemas serios y no quisiera tener que dejarlos hacer lo que quieran en mi patio pues esto puede traer serias consecuencias.

José Pavón Cruz y Glenda Díaz Rodríguez: Le recomendamos contratar los servicios de un abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, para que lo represente ante la Dirección Municipal de Planificación Física, y esta instancia se pronuncie al respecto para darle solución a su asunto, y en correspondencia con ello si no le resulta favorable la decisión adoptada, usted cuenta con garantías procesales a través de la Sala de lo Administrativo de los Tribunales de Justicia.

LyaE: Mi inquietud es la siguiente: en el mes de mayo del año en curso, el padre de mi hija (natural de Paraguay) viajó hacia nuestro país para realizar el reconocimiento filial, por ende nuestra hija posee sus apellidos. Hoy en día no tenemos ningún tipo de relación como pareja ni nunca estuvimos casados ante notario alguno. ¿Existe alguna forma de reclamación de pensión alimenticia por parte mía hacia él?

Glenda Díaz Rodríguez: Usted debe dirigirse a contratar los servicios de un abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, al cual le planteará su pretensión y en correspondencia con ello, el abogado la representará como persona natural residente en Cuba.

La despedida

La Consultoría Jurídica Internacional agradece a todos los lectores que nos han contactados en el día de hoy, planteándonos sus inquietudes; esperamos haberlas esclarecido; para más información nos pueden contactar a través de los teléfonos 7204 27 51 y 7204 93 51; e-mail: pavon@cji.cu , glendadiaz@cji.cu. Los invitamos a visitar nuestra página web, www.cji.co.cu que próximamente estará publicada, donde brindaremos información de nuestros servicios.

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