Este lunes, 27 de mayo, comenzó el nuevo proceso de reinscripción y cambio de chapa de identificación de vehículos. Autor: Roberto Morejón Guerra Publicado: 21/09/2017 | 05:34 pm
Un nuevo proceso de reinscripción y cambio de chapa de identificación de los vehículos se desarrolla en el país, de manera simultánea, desde este lunes 27 de mayo.
En la edición extraordinaria No. 11 de la Gaceta Oficial, publicada el pasado 24 de abril, aparecen las normas jurídicas que establecen los principios y procedimientos para la aplicación de este nuevo sistema, el cual forma parte de la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución en lo concerniente al ordenamiento del transporte.
Las nuevas matrículas, en correspondencia con estándares internacionales, facilitarán el trabajo operativo de las fuerzas de la Dirección Nacional de Tránsito, significarán un considerable beneficio para el país desde el punto de vista económico y una disminución y flexibilización de los trámites que debe realizar la población.
La chapa que viene, trabajo publicado en este diario el domingo 28 de abril, suscitó dudas e interrogantes entre los lectores. Para despejarlas, a través de una entrevista on line, asistieron a nuestra Redacción el teniente coronel Alberto Cabrera Pérez, segundo jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos, y la mayor Ibis Rosabal Crespo, primera especialista del Departamento Nacional de Registro de Vehículos.
A las páginas de JR llegan ahora algunas de esas inquietudes y sus respuestas para resumir lo que también al resto de los lectores pueda preocuparles.
—¿Cuáles son los documentos que se deben presentar para el cambio de chapa? ¿Cuál será el tributo en sellos?
—Mayor Ibis Rosabal Crespo (I.R.C.): El carné de identidad u otro documento oficial de identificación, la licencia de circulación en uso, los comprobantes del pago de impuestos de circulación terrestre actualizado y del pago de impuestos sobre bienes y herencias son los documentos que se deben presentar para realizar el cambio de chapa.
«También hay que llevar los sellos de timbre correspondientes al impuesto sobre el trámite, que es de 90 pesos, que puede aumentar si se realizan otros trámites en la unidad, y presentar el vehículo para la inspección en buen estado técnico y de limpieza, con la chapa de identificación en uso debidamente colocada».
—Si el vehículo ya pasó por el «somatón» recientemente, ¿hay que repetir este proceso?
—Teniente coronel Alberto Cabrera Pérez (A.C.P.): No es necesario. La vigencia del «somatón», aunque el vehículo cambie de chapa, se mantiene durante el período establecido. Si no se ha vencido su comprobante, usted no tiene que presentarse nuevamente a la inspección.
—¿Qué significan los números y la letra que llevan las nuevas chapas y cuáles serán sus dimensiones?
—A.C.P.: Las nuevas chapas de las motos tendrán 200 milímetros de largo y 140 de ancho, y su combinación alfanumérica estará determinada por una letra y cinco números. El resto de los vehículos portará una matrícula de 420 milímetros de largo y 110 de ancho, en las que figurarán una letra y seis números.
«Todas serán de color blanco y solo una banda azul en el extremo izquierdo con la palabra CUBA en posición vertical identificará a los vehículos que pertenecen a personas jurídicas. En ningún caso la letra identificará la provincia, y solo para algunos sectores tendrá un significado. Por ejemplo, la letra A identificará a las matrículas oficiales; las letras C, D, y E serán para el sector diplomático; las letras F y M para identificar a las FAR y el Minint, respectivamente; la T, para los vehículos rentados al turismo, y la letra K con banda azul, las empresas mixtas y la K sin banda azul, para extranjeros con residencia temporal, entre otros.
«Los vehículos destinados al servicio de protocolo se identificarán, además, con una pegatina con orla de color azul oscuro y el texto Protocolo. Los vehículos pertenecientes a la prensa extranjera tendrán además una pegatina con orla de color verde y el texto P. Ext. Ambas pegatinas se colocarán en el centro de la parte superior del parabrisas delantero».
—En el caso de un vehículo HK de una empresa mixta que tiene vencida la circulación al expirar el plazo de un año, en el proceso de renovación del documento ¿es necesario esperar hasta el 27 de mayo para además de obtener la renovación alcanzar la nueva chapa y circulación?
—A.C.P.: En este caso, en el centro de trámite correspondiente a su lugar de residencia se le otorgará un documento como constancia de su presentación y se le emitirá una prórroga. Con dicho documento puede circular su vehículo hasta que se presente, fuera de convocatoria, a actualizar la circulación, momento en el que se le asignará la matrícula nueva.
—Una moto que tiene extraviada la circulación por pérdida (robo con fuerza y comprobante de denuncia del hecho), además de erogar el monto del trámite ¿debe esperar al trámite del proceso de reinscripción para obtener la chapa y circulación nueva?
—A.C.P.: Si el vehículo no tiene circulación, su propietario debe presentarse fuera de convocatoria para obtener este documento, y en este momento se le cambiará la chapa también.
—Si el vehículo no está apto desde el punto de vista técnico, ¿será suficiente que se presente el propietario con la titularidad y la chapa antigua?
—A.C.P.: En ese caso el propietario debe concurrir al centro de trámites que le corresponde, y presentar la matrícula y la circulación. Allí se le dará un documento como constancia de su presentación y se le extenderá el plazo para que concurra posteriormente, cuando el vehículo esté en buen estado técnico.
—¿En qué consiste la inspección técnica que se le realiza al vehículo en el momento del cambio de chapas?
—A.C.P.: Se trata de una inspección operativa que certifica que el vehículo está apto para circular. Como resultado de dicha inspección se emite un documento exclusivo del Registro de Vehículos.
—¿Si se vende el vehículo, la chapa se va con él?
—I.R.C.: Las chapas se asignan a los vehículos, no a las personas; por tanto, mientras la matrícula esté en buen estado, permanecerá en el vehículo sin tener en cuenta el propietario ni la provincia en que se encuentre.
—¿Qué pasa con los cubanos que están en el exterior cumpliendo misión? ¿Podrá realizarse el trámite al regreso de los dueños o podrá otra persona hacer el cambio?
—I.R.C.: Existen circunstancias en las que el propietario se encuentra imposibilitado de concurrir personalmente a las oficinas de Registro de Vehículos, por lo que se autoriza a realizar el trámite a una persona mayor de 18 años, previa presentación de su carné de identidad y una escritura notarial de poder especial donde se especifiquen las facultades que sobre el vehículo se concede al apoderado.
«Cuando el propietario se encuentra fuera del territorio nacional en misión oficial de trabajo o estudio y no existe escritura notarial de poder especial, la persona que lo representará debe acudir al centro de trabajo del propietario, donde se emitirá un documento oficial que detalle los datos de identificación de la persona que realizará el trámite.
«Si el propietario está fuera del territorio nacional por asuntos personales y no existe escritura notarial de poder especial, el propietario acudirá al consulado cubano en el país que se encuentre y emitirá un poder especial a la persona que decida, quien tendrá que protocolizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
«En caso de que el propietario no desee dar un poder especial a otra persona, una vez que regrese al país se presentará al centro de trámite del Registro de Vehículos al cual pertenece, en los días en que no se realizan convocatorias. Si este proceso ha terminado, el vehículo se verá imposibilitado de circular hasta tanto realice el trámite de cambio de chapa.
«En el caso de alguien incapacitado para realizar trámites legales, la persona acreditada para representarlo llevará el carné de identidad del propietario y el documento judicial que avale su incapacidad física o mental, o el dictamen médico de la patología que presenta.
«Los propietarios de vehículos, recluidos en centros penitenciarios, emitirán una escritura notarial de poder especial a la persona que decidan, en la que se detalle las facultades que otorgan sobre el vehículo.
«Si el propietario del vehículo falleció, y aún no ha sido concluido el trámite de declaratoria de herederos, los posibles herederos o uno de ellos, se presentarán en el centro de trámite correspondiente con la constancia del contrato de servicios jurídicos o trámite notarial de declaratoria de herederos en proceso».
—¿Qué sucede con las personas que adquieran nuevos vehículos en el sistema de venta estatal?
—A.C.P.: Cuando los vehículos se inscriban en el centro de trámites que atiende a la empresa comercializadora, saldrán con la nueva chapa, si la compra se efectúa después del 27 de mayo. Este trámite se le realizará a cualquier vehículo que se adquiera, sin importar el lugar de residencia del propietario. Por ejemplo, si un ciudadano de Santiago de Cuba compra un vehículo en 3ra. y 20, en la capital, lo inscribirá en el centro de trámites correspondiente y allí se le asignará la matrícula nueva, sin necesidad de concurrir al Registro de Vehículos en Santiago de Cuba.
—¿Se puede cambiar la matrícula en otra provincia, teniendo en cuenta que no me encuentro donde resido?
—A.C.P.: Si su estancia en otra provincia es prolongada, y usted es la propietaria del vehículo, puede realizar el trámite allí, fuera de convocatoria, es decir, los días en los que no está establecido presentarse para el trámite, previa coordinación con las unidades de Registro de Vehículos del territorio en el que se encuentra.
—El cambio de chapa empieza por los vehículos particulares. ¿Cuándo les toca a las motos?
—A.C.P: Después de concluir los trámites para los vehículos con chapas provisionales, que ya fueron convocados, y los que las tienen de otras provincias, se iniciará el proceso para las motos del sector particular.
—¿Qué hacer si el propietario no tiene licencia de conducción?
—I.R.C: Para ser propietario de un vehículo no es requisito tener licencia de conducción, así que puede realizar el trámite en nuestras oficinas cuando le corresponda.
—¿Los carros pertenecientes a las organizaciones no gubernamentales seguirán teniendo chapa estatal?
—I.R.C.: Con este nuevo sistema se emplearán dos tipos de chapas: las que pertenecen a las personas naturales y a las jurídicas. Las organizaciones no gubernamentales son personas jurídicas y utilizarán las de color blanco y una banda azul en el extremo izquierdo con la palabra Cuba en posición vertical, como se ha explicado anteriormente.
—¿La poca información que ofrecerán las nuevas matrículas en cuanto al lugar de residencia del propietario, por ejemplo, no afectará el trabajo de los compañeros de Tránsito de la PNR?
—A.C.P.: No es necesario conocer la provincia de origen del vehículo para la vigilancia colectiva de los compañeros de la PNR, teniendo en cuenta que existe un sistema automatizado de control de vehículos que es utilizado por todos los sistemas de este órgano. Además, el hecho de no diferenciar las matrículas según la provincia de residencia del propietario constituye un beneficio para la población, porque no es necesario cambiarla si la persona se traslada de domicilio o quiere venderle su vehículo a alguien que reside en otro lugar.