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Violaciones del Decreto 110 dejan a familias sin servicio eléctrico

  

Desde Callejón de Gumá, entre San Carlos y Mujica, en la ciudad de Matanzas, Esther Borges Medina denuncia lo que califica como «abandono institucional y la complicidad pasiva de las autoridades correspondientes, que permiten que negocios privados de alto consumo eléctrico operen sin control ni regulación sobre transformadores diseñados para uso residencial, lo que hace que estos se destruyan en cuestión de días o semanas, y queden cientos de familias sin servicio eléctrico durante meses».

Señala que en los barrios de la capital yumurina, panaderías, dulcerías, pequeñas fábricas y otros negocios de alto consumo energético se instalan dentro de circuitos protegidos sin generar su propia electricidad, pues se conectan directamente a la red pública y sobrecargan transformadores que están diseñados para durar años.

«El resultado, dice, es predecible y repetido: el transformador se rompe en menos de dos meses —a veces en pocos días— y los vecinos quedan sin corriente durante meses, mientras esperan una reposición que nunca llega con la urgencia que exige la situación».

Mientras tanto, añade, los negocios responsables se mudan a otra zona protegida y repiten la operación.

Existe una normativa vigente que debería impedir esta situación, advierte, pero no la hacen cumplir. El Decreto 110 de 2024, publicado en la Gaceta Oficial el 26 de noviembre de ese año, define como «gran consumidor» a todo actor económico cuyo consumo promedio mensual supere los 30 Megawatt hora, o 50 000 litros de combustible.

Ese decreto, abunda, establece sanciones que incluyen notificación preventiva, multas e interrupción del servicio hasta por 72 horas. Y tipifica como infracción tener instalaciones ajenas conectadas sin control.

En tal sentido, añade, la actualización de marzo de 2026 elevó la exigencia: los negocios privados de alto consumo deben generar el ciento por ciento de la electricidad que consumen mediante fuentes renovables propias, sin recargar la red pública ni los transformadores de los barrios. Es obligación de cumplimiento inmediato.

Así, explica, las resoluciones 179 y 180 de 2026 complementan el marco legal ampliando la tarifa de compra de electricidad renovable y actualizando las exenciones fiscales para importación de equipos.

«Sin embargo, afirma, en la práctica ninguna de estas disposiciones se aplica en nuestros barrios. Los negocios siguen conectados a la red, los transformadores siguen rompiéndose y las autoridades miran hacia otro lado: reconocen parte del problema, pero sin actuar en consecuencia. Se admite que el traslado de negocios hacia transformadores específicos eleva la carga en esos sitios.

«Y se reconocen causas estructurales y delictivas: falta de aceite para reponer equipos, robo de aceite dieléctrico y conexiones ilegales, a veces con complicidad de linieros. Pero admitir el problema no es resolverlo. Mientras no se inspeccione, no se multe y no se obligue a los negocios a cumplir, la denuncia sigue en pie».

Y sugiere inspecciones técnicas inmediatas en todos los circuitos protegidos para identificar negocios de alto consumo conectados a transformadores residenciales, sin generación propia; aplicación del Decreto 110 en su integridad; notificación  preventiva, multas e interrupción del servicio a los negocios que sobrecargan la red sin cumplir con la generación propia exigida.

También propone exigencia del ciento por ciento de generación renovable propia a todo negocio privado de alto consumo, sin plazos de gracia adicionales; instalación de transformadores exclusivos para negocios de alto consumo, o en su defecto, prohibición de instalación en circuitos protegidos hasta que cumplan con la normativa; investigación de posibles complicidades entre linieros y negocios que permiten conexiones ilegales y sobrecarga deliberada; y respuesta oficial por escrito del Gobierno Provincial, la Empresa Eléctrica y el Ministerio de Economía y Planificación sobre las medidas para proteger a los vecinos.

 «No pedimos favores, exigimos el cumplimiento de la ley», concluye.

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