Acuse de recibo
Mucho se ha hablado, en el contexto del más reciente Congreso de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), de los convenios colectivos de trabajo, instrumentos esenciales del quehacer de los trabajadores en la justa negociación de sus derechos y deberes.
Por eso, con más razón, Erik Arias Núñez (calle Coronel Reyes No. 59, entre Gonzalo de Quesada y Maceo) y sus compañeros de la Empresa de Automatización Integral (Cedai) en Las Tunas no se explican lo que les ha sucedido en su centro laboral.
Desde el mes de mayo de 2014 aproximadamente, o antes, ha sido una demanda de los trabajadores de la institución la firma del mencionado documento, narra el remitente. «Ante nuestro reclamo, se nos informó que el convenio colectivo 2014 no se había aprobado aún, pero que se había elaborado y que estaba pendiente de aprobación por el sindicato nacional. Luego se nos comunicó que lo habían regresado porque tenía errores…», añade.
Como esa respuesta no los convenció, Erik volvió a dirigirse a las instancias superiores de la empresa y le expresaron que el texto seguía pendiente de aprobación por el sindicato nacional, pues había que incluir lo referente al nuevo Código del Trabajo y los Lineamientos.
Pero el tiempo ha seguido pasando y el trabajador, con justeza, se cuestiona cómo, estando casi a final de año, aún no se había consensuado dicho instrumento normativo. ¿Acaso se aprobaría para ejecutar en 2015? Le respondieron que tenían de plazo «hasta el 31 de diciembre, según el cronograma propuesto por el organismo superior» (¡!).
Pero lo peor tal vez no ha sido la demora del documento en sí, sino todo lo que ha traído consigo. Refiere el lector que después de efectuar una reunión con los obreros para discutir y acordar el sistema de pago y que este fuera aprobado con algunas sugerencias de los empleados, «se nos comunicó, por parte de la compañera que atiende capital humano, que había recibido un correo donde se orientaba que se obviara la aprobación del (…) sistema de pago y que se pagara según las nuevas orientaciones recibidas (…). Sabemos que un convenio colectivo puede llevar tantos anexos como sea necesario para modificarlo, pero siempre sometiéndolo a la consulta y aprobación de los trabajadores».
El procedimiento remunerativo aprobado por los miembros de la entidad incluía el estímulo salarial de acuerdo con los resultados en la producción. «Se planteaba que no había límite de pago siempre y cuando este salario estuviera respaldado por resultados en la producción y no se deterioraran los indicadores condicionantes. Realmente la diferencia con el anterior no era mucha», razona el tunero.
Y añade que en el mes de septiembre, «a pesar de haber sobrecumplido el plan y haber creado utilidades para realizar el pago por resultados, se nos comunicó que solo se pagaría el salario básico y que así sería hasta finalizado el año, pues ya habíamos gastado el presupuesto nacional destinado al salario para este año. Esta notificación fue hecha por Yurisbel Der Rodríguez, directora de Cedai en Las Tunas».
Se pregunta Erik por qué deben ser «penalizados» ellos debido a la mala planificación de la empresa a nivel superior, si se esforzaron y produjeron lo suficiente como para ser estimulados.
A pesar de no contar con las condiciones necesarias de trabajo —analiza el remitente—, con medios de transporte insuficientes, casi sin equipos de cómputo, sin las herramientas que una entidad prestadora de servicios requiere, nunca los empleados del Cedai Las Tunas se han escudado en ello para no cumplir responsablemente sus labores.
Y reflexiona Erik: «Los trabajadores somos parte importante en el proceso de transformaciones, y cuando se nos explica con razones que justifiquen, con argumentos sólidos las decisiones o dificultades por las que atraviesa la empresa podemos entender, pero lo que no podemos entender es que por mal trabajo de alguien que no previó o hizo una mala desagregación del presupuesto, se afecte el salario. (…) Pensamos que puede haber otra solución».
Poco tiene que añadir este redactor: solo señalar la importancia de la retribución justa por los resultados como principio y norma de acción para crear bienestar colectivo y acercarnos a la imprescindible satisfacción plena, material y espiritual, de los cubanos.