Acuse de recibo
El pasado 23 de mayo reseñé aquí la inconformidad de Elpidio Báez Rodríguez desde Banes, provincia de Holguín, por unas tierras que él consideraba de su propiedad como heredero legítimo de su padre ya fallecido, y no se las reconocían hasta entonces.
Precisaba él que llevaba tres años gestionando con las oficinas de Control de Tierra y la Delegación de la Agricultura, que le entregaran 0,30 caballerías que dejó su papá y él trabajó durante cinco años.
Contaba también entonces que hacía un año, al ir a verificar a la Delegación Provincial de la Agricultura, todavía no habían elevado los papeles al Ministerio de la Agricultura. Y según le había dicho el Presidente de la ANAP, en carta de julio de 2007, ya había revisado el asunto con los organismos competentes, y lo había enviado a la provincia.
Elpidio insistía en que era heredero legítimo de la tierra, y que ello era de conocimiento en el municipio, pero nadie daba la solución al reclamo.
Al respecto, responde Migdalia Isabel Moreno, delegada de la Agricultura en la provincia de Holguín, que «el 26 de marzo de 2007, Yamirka Báez Ávila presentó solicitud de adjudicación de herencia de la tierra y bienes agropecuarios producto del fallecimiento de los agricultores pequeños Elpidio Diosmede Báez Hernández y Virginia Rodríguez Saúco, en la oficina municipal del Centro de Control de Tierra de Banes».
Y precisa que tal proceso fue resuelto el 3 de mayo del 2007, mediante la Resolución 389/2007, del Delegado Provincial de la Agricultura, que le adjudicó la unidad de producción agropecuaria propiedad de Elpidio y Virginia a favor de su hija Edelmira Báez Rodríguez y la nieta Yamirka Báez Ávila.
El 18 de julio de 2007, apunta, Elpidio interpuso recurso de apelación ante el Ministro de la Agricultura contra lo dispuesto por la Delegación Provincial, por inconformidad con la adjudicación del terreno a Yamirka, alegando que ella nunca trabajó ni dependió económicamente de esas tierras.
Fue a partir de entonces que se realizó solicitud del expediente para su estudio, y luego fue devuelto con las indicaciones para su reinvestigación y que se recogieran criterios de la ANAP municipal. Pero fue virado para atrás en otras tres ocasiones por presentar incongruencias y falta de documentos.
Precisa Migdalia Isabel que «después de agotadas las diligencias y acciones necesarias, y dictaminado el expediente, fue remitido a la Dirección Nacional de Control de Tierra el 10 de febrero del 2010, para que el Ministro resolviera lo procedente en derecho, con nuestro criterio de que Elpidio no tiene derecho».
Y el 2 de agosto de 2010 se recibió en la Delegación Provincial de Holguín la Resolución 552/2010, en la que el Ministro de la Agricultura resuelve declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Elpidio Báez Rodríguez, precisa.
Y resume afirmando que «a Elpidio Báez Rodríguez le asiste razón en lo referido a la demora en resolver dicho proceso, pero no cuando expresa tener derecho como heredero, ya que se comprobó que no cumple los requisitos que exige la Ley para heredar la tierra, dedicándose a trabajar por cuenta propia».
Finalmente, aclara que «no se tomaron medidas con los responsables de que no se resolviera en el tiempo establecido este proceso de apelación, por encontrarse en el momento de la queja, y hasta la fecha, sancionados los funcionarios implicados por otras violaciones».
Agradezco la respuesta, pero así como hubo funcionarios responsables de que no se diera respuesta a la apelación en el tiempo debido, también hubo lentitud en que llegara a este diario el esclarecimiento: el 2 de agosto ya se tenía el fallo del ministerio. La carta de la Delegada a JR está fechada el 4 de agosto; sin embargo, llegó a esta redacción el 1ro. de noviembre. Ojalá reconocieran su falta los responsables de esa demora.